Oficio N° 2065 de 2014

Vigente

En breve

Documento
Oficio N° 2065 de 2014, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
10-11-2014
Materia
Solicita un pronunciamiento sobre los efectos tributarios en renta de un aporte efectuado por una Universidad, consistente en una opción para dar en arrendamiento por 99 años su Hospital y los efectos tributarios
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 64; Ley de la Renta (DL 824), art. 17; Ley de la Renta (DL 824), art. 20; Ley del IVA (DL 825), art. 8
Criterio
No es posible dar respuesta completa sin los contratos que documentan la operación, por lo que el análisis se basa exclusivamente en los hechos descritos por el contribuyente en su presentación.
 VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 8°, LETRA G) – LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA, ART. 17°, N°5, ART. 20°, N°5 – CÓDIGO TRIBUTARIO, ART. 64°. (ORD. N° 2065, DE 10.11.2014) SOLICITA UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE LOS EFECTOS TRIBUTARIOS EN RENTA DE UN APORTE EFECTUADO POR UNA UNIVERSIDAD, CONSISTENTE EN UNA OPCIÓN PARA DAR EN ARRENDAMIENTO POR 99 AÑOS SU HOSPITAL Y LOS EFECTOS TRIBUTARIOS Se ha recibido en esta Dirección Nacional la presentación citada en el antecedente, mediante la cual XXX, en representación de AAA solicita un pronunciamiento sobre los efectos tributarios en renta de un aporte efectuado por ella a una nueva sociedad, consistente en una opción para dar en arrendamiento por 99 años su Hospital y por el Impuesto al Valor Agregado que afectaría dicho arrendamiento de concretarse la referida opción. I.- ANTECEDENTES: AAA es dueña del Hospital TTT, ubicado en xxx, comuna de xxx. El Hospital se encuentra edificado sobre el mismo inmueble que alberga también a otras instalaciones educacionales de la AAA, como la Rectoría, la Facultad de Medicina, la Facultad de Derecho, la Facultad de Comunicaciones, etc. Con el objeto de reorganizar su área de Salud/Asistencial, la AAA ha constituido una sociedad (“YYY”) a la que aportará, en un aumento de capital, todos los activos y pasivos relacionados con dicha área. De esta manera, YYY pasará a administrar toda el área Salud/Asistencial de la AAA, incluido el Hospital. En YYY, a su vez, ingresará un tercero como accionista o socio. El referido Hospital representa gran parte del valor económico de la Red de Salud de la AAA, de manera que tanto para la AAA como para el tercero inversionista resulta de suma relevancia que el valor de dicho Hospital se refleje en el patrimonio de YYY. En efecto, el patrimonio será relevante para determinar el monto del aporte de capital que debe hacer el socio estratégico y determinará la capacidad de endeudamiento futuro de la Red Salud. Ahora bien, como ya se indicó, el Hospital se encuentra construido sobre el mismo inmueble que alberga otros edificios de la AAA relacionados con su actividad educacional. Dicha circunstancia y otra serie de consideraciones, han hecho a la AAA explorar distintas alternativas para efectuar el aporte, que no impliquen el traspaso en dominio del Hospital como un inmueble individualmente considerado. En otras palabras, la AAA por variados motivos se ha visto en la necesidad de evitar aportar en dominio el activo de mayor valor económico de dicha Red de Salud, lo cual a todas luces tendrá incidencia en la futura operación de YYY, por ejemplo, al momento de financiar el capital de trabajo mediante créditos bancarios. En vista de lo anterior, se ha planteado la posibilidad de que la AAA aporte a YYY una opción para arrendar por 99 años el Hospital como un edificio desamoblado (esto es, desprovisto de todo tipo de bienes muebles que guarnezcan el Hospital, los cuales serán transferidos en dominio a la nueva sociedad), pero con instalaciones que permitan el desarrollo de actividades hospitalarias o médicas, tales como equipo electrógeno para asegurar la continuidad operacional del hospital; sistemas de distribución de gases clínicos; conexiones para equipos altamente especializados; paredes plomadas para aislamiento de la radiación; sistemas de climatización con filtros especiales que minimizan las infecciones intrahospitalarias y estanques de agua que permiten autonomía en caso de corte. Además se permite el uso de espacio para kioscos, para atención de BBB y para uso del casino (xxx), en todos estos casos en forma gratuita, es decir, sin cobro de arrendamiento. Esta opción ha sido valorizada por terceros independientes en la suma de US$xx.xxx.xxx, por tanto, sería aportada en ese valor a YYY y pasaría a formar parte, en consecuencia, del patrimonio financiero de YYY. Por otro lado, en caso que YYY ejerza la opción, la ren

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