Corporacion Medica de Arica S.A. con Servicio de Impuestos Internos Direccion Regional Arica y Parinacota
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Arica |
|---|---|
| Rol | 2-2012 |
| Fecha sentencia | 9 abr 2012 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | NO HA LUGAR |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalSe discutió si obras de remodelación en clínica califican para crédito fiscal del 30% bajo Ley 19.420, requiriendo recepción final en el año tributario respectivo. La Corte confirmó el rechazo del SII por falta de recepción definitiva en 2008.
Análisis del SII
Para poder optar al beneficio tributario establecido en la Ley N° 19.420 es necesario que el contribuyente haya contado con la recepción final de las obras en el ejercicio en que hace valer la franquicia.
Texto de la sentencia
Primero: Que la controversia planteada en el considerando tercero de la sentencia del juez de primer grado, de trece de enero de dos mil doce, es sobre la calificación jurídica de las obras efectuadas en la Clínica San José de Arica, toda vez que el Servicio de Impuestos Internos rechazó a la Corporación Médica de Arica S.A., propietaria del mencionado establecimiento, en la Declaración del…
Impuesto a la Renta del Año Tributario 2008, la partida “Edificios”, que estaba compuesta por dos conceptos:
a) La construcción de una sala de esterilización dentro de las dependencias de la Clínica San José, por un monto de $7.106.558 (siete millones ciento seis mil quinientos cincuenta y ocho pesos) y
b) Proyecto de Esterilización de Instalaciones Eléctricas y Corrientes Débiles del Área de Esterilización de la Clínica San José, por un monto de $930.000 (novecientos treinta mil pesos).
Segundo: Que el reclamante sostuvo que la Ley N° 19.420, que estableció incentivos para el desarrollo económico de las provincias de Arica y Parinacota, autorizó a los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría, sobre renta efectiva según contabilidad completa, a deducir un crédito de 30% del valor de determinados bienes del activo fijo, reproduciendo como fundamento de sus pretensiones lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 1°, de la norma legal citada.
A su vez, el ente fiscalizador argumentó que el proyecto de inversión antes referido no cumple con lo dispuesto en la Ley N° 19.420, lo que le impediría acogerse al beneficio invocado en la declaración de Impuesto a la Renta del Año Tributario 2008, como lo pretende el contribuyente, por cuanto: el requisito mínimo de inversión debe ser superior a dos mil unidades tributarias mensuales y en el presente caso se trataría de una suma menor; las obras califican como remodelación y no como construcción nueva; y presentó un Certificado de Recepción Definitiva Final en el año 2009, emitido por el Director de Obras de la Municipalidad de este puerto y no en el ejercicio tributario del año 2007.
Tercero: Que, en lo referente a las obras, de los antecedentes acompañados por el reclamante que se detallan a fojas 17 de autos, en el documento denominado “Anexo Obra Nueva Construcción Central de Esterilización Clínica San José Arica Año 2007”, en la parte correspondiente a Generalidades, Descripción de Obras se expresa que “Este proyecto, por la particularidad de ser realizado al interior de las dependencias de la Clínica requiere de especial cuidado en la coordinación de las obras, y con las condiciones estructurales y constructivas según proyecto de cálculo estructural existentes.”.
Luego añade que todas las obras incluidas en el Contrato se ejecutarán en todas sus partes en conformidad a la Ley General de Urbanismo y Construcciones, DFL N° 458 de 1975 y a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Decreto Supremo N° 47/92 y sus modificaciones posteriores.
A su vez, en la “Memoria Técnica Explicativa Proyecto Instalaciones Eléctricas, Proyecto: Esterilización, Clínica San José”, en el número 1 referente a la Descripción de la Obra, se señala que “Las presentes Especificaciones Técnicas corresponden al Proyecto de Instalaciones Eléctricas y Corrientes Débiles del área de Esterilización Clínica San José ubicada en Arica, calle Juan Noé N° 1370. Estas especificaciones son parte integrante del proyecto mencionado y complementan lo expresado en los planos.”.
Texto según el registro del Poder Judicial (juris.pjud.cl), que reemplaza a la transcripción del repositorio del SII en esta ficha.
Descriptores del SII
Ley N° 19.420, que Establece Incentivos para el Desarrollo Económico de las provincias de Arica y Parinacota y Modifica Cuerpos Legales que Indica – Artículo 1° – Ley General de Urbanismo y Construcción – Artículos 1°, 8°, 116, 144 y 145