Ministerio Público con Vallejos Vergara y Otro
| Tribunal | Corte de Apelaciones de Concepción |
|---|---|
| Rol | 1.795-2025 |
| Fecha sentencia | 22 dic 2025 |
| RUC | 2100746984-2 |
| Recurso | Apelación |
| Resultado | NO HA LUGAR |
| Resuelve a favor de | SII |
Resumen
Generado con IA desde el fallo originalRechazó apelación de defensa que buscaba remisión condicional de pena por delito de facilitación de facturas falsas. La Corte confirmó reclusión parcial domiciliaria nocturna porque el condenado no cumplía requisito subjetivo: su posterior condena por delitos que afectaban iguales bienes jurídicos impedía presumir no reincidiría.
Análisis del SII
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de apelación impetrado por la defensa del condenado en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Garantía de Cañete, que lo condenó como autor del delito de facilitación de facturas falsas y le concedió solamente la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, ya que no cumplió con los requisitos subjetivos para acceder a la remisión condicional de la pena. El recurrente alegó que respecto a su representado era procedente la concesión de la pena sustitutiva de remisión condicional y no la reclusión parcial domiciliaria nocturna, en atención a que cumplía con los requisitos de los artículos 3° y siguientes de la Ley N° 18.216, porque mantenía arraigo familiar, sumado a que, si bien se dictó en su contra otra sentencia condenatoria posterior, se refería a hechos de naturaleza diversa, que afectó bienes jurídicos no relacionados. Para lo anterior, el recurrente señaló que el Tribunal razonó sobre la base de los requisitos subjetivos, ya que consideró la conducta posterior del encartado, lo cual, a su juicio, no debió impedir la concesión de la pena sustitutiva de remisión condicional, al tratarse de una condena posterior, de hechos de naturaleza diversa, que afectaron bienes jurídicos no relacionados, por lo que no mostraban ningún patrón de conducta del condenado.
Por su parte, el Ministerio Público se opuso a la solicitud del beneficio de la remisión condicional de la pena, fundado en una nueva sentencia condenatoria dictada en contra del acusado en marzo de 2024, por lo que no se cumplía con los requisitos establecidos por la Ley N°18.216. El Tribunal de Alzada analizó los requisitos de la Ley N° 18.216, modificada por la Ley N° 20.603, y razonó que el condenado no cumplió con el artículo 4° letra c), sobre su conducta anterior y posterior al hecho punible, la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito que permitieran presumir que no volvería a delinquir. Los Sentenciadores arribaron a la conclusión anterior, ya que el acusado fue condenado en un juicio posterior por un delito que afectó los mismos bienes jurídicos protegidos. Esto impidió presumir que la remisión condicional de la pena provocara el efecto disuasivo de cometer nuevos ilícitos, por lo que solo procedía sustituir la pena por la medida de reclusión parcial domiciliaria, conforme con el artículo 7° de la Ley N° 18.216. Por lo anterior, el Tribunal Colegiado sostuvo que el condenado no cumplió con el requisito subjetivo exigido por la ley para la aplicación de la pena sustitutiva de remisión condicional, ya que con los antecedentes expuestos no se logró satisfacer el pronóstico de reinserción social. Finalmente, el Tribunal Ad Quem declaró que no se vulneraron los fines resocializadores de la Ley N° 18.216, sino que se veló por su correcta aplicación frente a la comisión de nuevos delitos, considerando que el propio artículo 4° letra c) ya referido exigía valorar la conducta posterior al hecho para calificar el pronóstico favorable de disuasión.
Texto de la sentencia
Concepción, veintidós de diciembre del año dos mil veinticinco VISTOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE.
PRIMERO: Que en causa RIT 748 – 2022, RUC 2100746984-2 del Juzgado de Letras y Garantía de Cañete, por sentencia definitiva de 30 de octubre de 2025 se declaró:
- Que se condena al imputado XXXXXXXXXXXXXX, como autor del delito de facilitación de facturas falsas del número 4 del artículo 97 del Código Tributario a la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, a las accesorias legales durante el tiempo de la condena de suspensión de cargo de oficio público, a la multa de cinco unidades tributarias mensuales por el hecho perpetrado en esta jurisdicción en el mes de marzo de 2022.
- Que reuniéndose los requisitos del artículo 8 de Ley N° 18.216 se concede al sentenciado la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna entre las 22:00 horas de cada día hasta las 6:00 horas del día siguiente.
- Que, respecto de la pena de multa, se le otorgan 10 parcialidades, desde que la sentencia quede firme o ejecutoriada.
- En cuanto a las costas de la causa, se le libera del pago de estas.
SEGUNDO: Que el defensor penal público XXXXXXXXXXXXXX, en representación de XXXXXXXXXXXXXX, dedujo recurso de apelación en contra de la citada sentencia definitiva, en aquella parte que no dio lugar a la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena y en cambio impuso la de reclusión parcial domiciliaria nocturna, solicitando que se la revoque y se disponga el resuelva que se sustituye la pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo impuesta a XXXXXXXXXXXXXX por la de remisión condicional de la pena prevista y regulada en los artículos 3 y siguientes de la Ley N° 18.216. Expone que en la audiencia de juicio se solicitó la pena sustitutiva de remisión condicional, ya que a la época de los hechos XXXXXXXXXXXXXX contaba con irreprochable conducta anterior, mantenía arraigo familiar consistente en su pareja, madre de su hijo, así como su hijo aun cursando enseñanza básica a quien debe proveer subsistencia.
Expone que su representado junto con su pareja manejan un emprendimiento en el rubro gastronómico, el cual funciona únicamente como modalidad delivery y en el cual XXXXXXXXXXXXXX se dedica precisamente a realizar los repartos entre otras funciones.
Normas aplicadas
Descriptores del SII
Medidas alternativas a las penas privativas o restrictivas de libertad Reclusión parcial domiciliaria nocturna– Remisión condicional de la pena