Circular N° 28 de 2018

Vigente

En breve

Documento
Circular N° 28 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
17-05-2018
Materia
Extiende a las Cooperativas sometidas a la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, la liberación de información de que cuentan las Sociedades Anónimas Abiertas, en los términos establecidos en la Circular N° 17 de 1995. Reemplaza párrafo que indica de la Circular N° 17, de 10.05.1995, modificada por las Circulares N° 50, del 2003 y N° 28, del 2017.
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 68; Ley 20780, art. ; Ley 20899, art. ; Ley sobre Impuesto a la Renta, art. 14; Ley sobre Impuesto a la Renta, art. 54
Criterio
Extiende a las Cooperativas fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras la liberación de informar sobre cambios de accionistas o cooperados, permitiendo identificar solo el capital total sin detallar aportes individuales. Esta extensión rige a partir de la entrada en vigencia de la Circular N° 28 de 2017.
SUBDIRECCIÓN EMISORA CIRCULAR N° 28. ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE. DEPARTAMENTO DE OPERACIONES. SISTEMA DE PUBLICACIONES ADMINISTRATIVAS. FECHA: 17 DE MAYO 2018 MATERIA: Extiende a las Cooperativas sometidas a la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, la liberación de información de que cuentan las Sociedades Anónimas Abiertas, en los términos establecidos en la Circular N° 17 de 1995. Reemplaza párrafo de la Circular N° 17, de 10.05.1995, modificada por las Circulares N° 50, del 2003 y 28, del 2017. REFERENCIAS: Artículo 68 del Código Tributario, artículos 14 y 54 de la Ley sobre Impuesto a la Renta; Leyes N°s. 20.780 y 20.899. La presente Circular tiene por objeto extender, a las Cooperativas sometidas a la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, la liberación de la obligación de informar de que disponen las Sociedades Anónimas Abiertas, respecto del ingreso, retiro o cambios de sus accionistas, a partir de la entrada en vigencia de la Circular N° 28, de 2017, publicada en el Diario Oficial el 02.06.2017 y que modificó, a partir de esa fecha a la Circular N° 17, de 1995. Para tales efectos, se reemplaza el segundo párrafo del punto 2.3.7.2. de la mencionada instrucción (Circular N° 17, de 1995, modificada por la Circular N° 50, de 2003 y Circular N°28, de 2017), por el siguiente: Las Sociedades Anónimas Abiertas y las Cooperativas sometidas a la fiscalización y control de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, no deben identificar a sus accionistas o cooperados ni el capital aportado por cada uno, bastando señalar el capital inicial total de la sociedad o cooperativa (incluye capital enterado y por enterar) y sus modificaciones. Director: Víctor Villalón Méndez.

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