Circular N° 58 de 2022

Vigente

En breve

Documento
Circular N° 58 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
28-12-2022
Materia
Instrucciones sobre proceso de sancion del delito tributario
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 161; Código Tributario (DL 830), art. 162; Código Tributario (DL 830), art. 8 bis
Criterio
El SII imparte instrucciones para modernizar y fortalecer el Proceso de Sanción del Delito Tributario, estableciendo principios rectores (celeridad, eficiencia, juridicidad, imparcialidad, innovación digital y protección de derechos ciudadanos), definiendo la forma de inicio del procedimiento, las fuentes de detección de delitos tributarios y los tipos de procedimientos aplicables (General, en Dirección Nacional y Simplificado), con el objetivo de combatir la evasión tributaria y perseguir penalmente o mediante acta de denuncia ante el TTA las conductas ilícitas detectadas, distinguiendo expresamente el proceso penal-infraccional del proceso de determinación y cobro de impuestos.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Departamento: Departamento de Delitos Tributarios / Departamento de Defensa Judicial Penal Número: GE00125685 Fecha: 28 de diciembre de 2022 Materia: Imparte instrucciones sobre proceso de sanción del delito tributario Referencia normativa: Código Tributario, artículos 161 y 162 Derogación: Circular N° 8 del 14 de enero de 2010 y otras instrucciones incompatibles --- Con el objeto de fortalecer la persecución penal e infraccional de los delitos tributarios, junto con enfrentar los desafíos que supone el control de la evasión tributaria, este Servicio ha considerado indispensable impartir nuevas instrucciones en relación con el Proceso de Sanción del Delito Tributario. El proceso se inicia con la detección de un hecho que puede revestir las características de delito, para continuar con la recopilación de antecedentes que, conforme a lo establecido en el N° 10 del artículo 161 del Código Tributario, sirve de base para que el Director opte por alguno de los siguientes caminos: - Perseguir el delito presentando una denuncia o querella, o - Perseguirlo mediante la interposición de un acta de denuncia, presentando la denuncia ante el Tribunal Tributario y Aduanero para la imposición de una sanción pecuniaria. Dentro de las acciones que se incluyen en el proceso se encuentran: - Detectar e identificar posibles delitos tributarios - Obtener información que sustente la decisión del Director, conforme al inciso tercero del artículo 162 del Código Tributario - Determinar si se cumplen los criterios institucionales para el ejercicio de una acción penal - Participar y hacer seguimiento a la total tramitación judicial y administrativa de las posibles penas, sanciones y consecuencias jurídicas a ser impuestas en relación con los delitos tributarios La decisión de modernizar las instrucciones vigentes va en línea con los esfuerzos desarrollados recientemente por los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y del G20 para combatir la evasión. La comisión de delitos tributarios es un hecho grave que atenta contra los principios básicos en que se cimienta el ordenamiento tributario, afectando el Orden Público Económico y la aplicación igualitaria y equitativa de los tributos. Dichas conductas no solo vulneran la ley, sino que dañan el sistema económico, distorsionan la libre competencia, lesionan el presupuesto público y la legitimidad social del sistema tributario. --- En particular, al Proceso de Sanción del Delito Tributario se aplicarán los siguientes principios: Se propenderá a buscar medidas que den rapidez al procedimiento, en que los funcionarios a cargo deberán actuar sin dilaciones, requerimientos o esperas innecesarias, impulsándose de oficio en todos sus trámites. Este procedimiento debe efectuarse con la máxima economía de medios, y evitando trámites que no agreguen valor, de modo que las formalidades que se exijan sean solo aquellas indispensables para dejar plena constancia de lo actuado y permitir, en definitiva, tomar decisiones y acreditar la pretensión del ente fiscalizador. Todos los actos de los órganos del Estado deben ser fundados y motivados por el derecho vigente. En el Proceso de Sanción del Delito Tributario solo se llevarán a cabo las actuaciones para las cuales exista una norma jurídica que habilite la función pública respectiva y en el marco de las atribuciones expresamente establecidas. Informa todo el procedimiento, así como las decisiones que se adopten, y obliga a todas las áreas involucradas a la objetividad en su proceder, sin consideraciones a intereses particulares o personales. Este proceso considera la constante búsqueda de nuevas formas de afrontar los desafíos, con grupos de trabajo ágiles e innovación, junto con la incorporación de tecnología y herramientas disponibles que posibiliten alcanzar de la mejor manera los objetivos planteados. En toda actuación inserta en el Proceso de Sanción del Delito Tributario deben res

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA