Oficio N° 0374 de 2024

Vigente

En breve

Documento
Oficio N° 0374 de 2024, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
15-02-2024
Materia
Devolución del artículo 27 bis de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios en caso de haber usado beneficio de la Ley N° 21.631.
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 27 bis
Criterio
La devolución anticipada de IVA del artículo 27 bis de la LIVS es compatible con el beneficio tributario de la Ley N° 21.631, pudiendo solicitarse siempre que el inmueble forme parte del activo fijo destinado a actividades gravadas con IVA y se cumplan los requisitos establecidos en la norma.
VENTAS Y SERVICIOS – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 27 BIS – LEY N°21.631. (ORD. N° 0374, DE 15.02.2024) Devolución del artículo 27 bis de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios en caso de haber usado beneficio de la Ley N° 21.631. De acuerdo con su presentación, tras señalar que se trata de una persona natural con giro en primera categoría, cuya actividad es el arrendamiento de inmuebles amoblados y que utilizó el beneficio tributario establecido en la Ley N° 21.631 en la compra del inmueble, consulta si puede solicitar la devolución anticipada de IVA del artículo 27 bis de Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), por el remanente de crédito fiscal producto de dicha compra. Al respecto se informa que el beneficio tributario establecido en la Ley N° 21.631 se aplica respecto del impuesto a la renta que afecte a personas naturales con domicilio y residencia en Chile, que adquieran una vivienda nueva con destino habitacional mediante un crédito con garantía hipotecaria. Este crédito es compatible con otros créditos establecidos en la Ley sobre Impuesto a la Renta y no tiene restricciones respecto de beneficios tributarios establecidos en otras leyes. Conforme a lo anterior, si el inmueble adquirido por la consultante forma parte de su activo fijo y se destina al desarrollo de actividades gravadas con IVA, podrá solicitar la devolución del remanente de crédito fiscal de acuerdo con el artículo 27 bis de la LIVS, en la medida que cumpla los requisitos establecidos en dicha norma e instruidos administrativamente por este Servicio, todas cuestiones entregadas a la revisión de las respectivas instancias de fiscalización. CAROLINA SARAVIA MORALES DIRECTORA (S) Oficio N° 0374, de 15-02-2024 Subdirección Normativa Depto. de Impuestos Indirectos

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA