Oficio N° 2403 de 2017

Vigente

En breve

Documento
Oficio N° 2403 de 2017, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
06-11-2017
Materia
Aplicación de la Resolución Ex. N° 36, de 2011 de este Servicio, que establece un procedimiento simplificado para otorgar RUT y eximir de determinadas obligaciones a contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile.
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 65; Código Tributario (DL 830), art. 68
Criterio
El SII establece que la Resolución Ex. N° 36 de 2011 exige que el inversionista en bonos soberanos locales sea un contribuyente sin domicilio ni residencia en Chile, conforme al art. 65 N°1 y art. 68 inciso 2° LIR. Por tratarse el DCV de una entidad residente que actuaría como sub custodio y no como inversionista, correspondería analizar si la modalidad propuesta cumple dicho presupuesto y los requisitos copulativos del N° 2.7 de la Resolución, particularmente la letra c) relativa a custodios que actúan por cuenta de terceros no residentes.
 RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – CÓDIGO TRIBUTARIO, ART. 65, N°1, ART. 68 – RESOLUCIÓN EXENTA N° 36, DE 2011. (Ord. Nº 2403, de 06-11-2017) APLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN EX. N° 36, DE 2011 DE ESTE SERVICIO, QUE ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO PARA OTORGAR RUT Y EXIMIR DE DETERMINADAS OBLIGACIONES A CONTRIBUYENTES NO DOMICILIADOS NI RESIDENTES EN CHILE. Se ha recibido en esta Dirección Nacional, su Oficio Ord. indicado en el antecedente mediante el cual remite consulta sobre la aplicación de la Resolución Ex. N° 36, de 2011 de este Servicio, que establece un procedimiento simplificado para otorgar RUT y eximir de determinadas obligaciones a contribuyentes no domiciliados ni residentes en Chile, en la situación específica que indica. I. ANTECEDENTES. Señala que el Depósito Central de Valores (DCV) consulta sobre la posibilidad de proveer custodia a entidades no residentes en Chile, a través de su enlace y acuerdo de participación directa en TTTT Bank [1] (International CSD) de Bonos; manifestando que el principal propósito de ese requerimiento es dar acceso para operar con los referidos bonos a filiales extranjeras de residentes chilenos vía custodia en el DCV. De esta forma, estas entidades y agentes estarían en igualdad de condiciones que otros agentes locales que cuentan con matrices o filiales offshore y que interactúan con TTTT. A objeto de tener una definición sobre la materia planteada, remite para conocimiento y análisis, copia de la presentación, a objeto de emitir una opinión sobre lo expuesto, en particular si la modalidad propuesta resulta armónica con las disposiciones de la Resolución Ex. N° 36, de 2011 de este Servicio y la demás normativa tributaria que pueda ser aplicable; solicitando se remita dicha opinión a esa Secretaría de Estado, para conducir la respuesta a la referida consulta. El DCV señala por su parte que, de su interpretación, ve factible que esa entidad pueda: Ser contratado como custodio por entidades No Residentes (filiales de un depositante del DCV) y abrir una subcuenta segregada en los registros de TTTT, en forma exclusiva o nominada a nombre del No Residente. De esta forma, esa entidad No Residente sería identificada como tal e informada al Banco Central para dar cumplimiento a las normas del Capítulo XIV del Compendio de Normas de Cambios Internacionales. Agrega que es de interés determinar que esta modalidad de operación no se entienda como un incumplimiento de la Resolución Ex. N° 36, en tanto sea el DCV el proveedor de servicios de sub custodia por un No Residente vía su enlace en TTTT. Lo anterior, visto que, aun cuando el DCV es residente, su rol no es el de ser inversionista de los respectivos valores y solo actúa como sub custodio para el No Residente en la forma antes explicada. II.- ANÁLISIS. 1.- Conforme a lo señalado, se solicita se confirme que el mecanismo que se propone para operar en el mercado de bonos soberanos emitidos en Chile, no infringe lo establecido en la Resolución Ex. N° 36, de 2011; añadiendo que la empresa DCV (residente en Chile), no es el inversionista en los bonos, sino que actuaría por cuenta de terceros no residentes en Chile que serían filiales de instituciones locales. La modalidad que se propone consistiría en que el DCV pretende proveer custodia a entidades no residentes, a través de su enlace y acuerdo de participación directa en TTTT de Bonos, con el único propósito de dar acceso para operar con los referidos bonos a filiales extranjeras de residentes chilenos vía custodia en la Empresa DCV. Al respecto, cabe señalar que, en el ámbito de aplicación de las normas tributarias internas, las personas domiciliadas o residentes en Chile están sujetas a impuesto por sus rentas de cualquier origen, sea que dicho origen se encuentre en Chile o el extranjero, y las personas sin domicilio ni residencia en Chile están sujetas a impuesto por sus rentas de fuente interna. En este sentido, los inversionistas no domiciliados ni residente e

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