Oficio N° 2872 de 2016

Vigente

En breve

Documento
Oficio N° 2872 de 2016, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
18-10-2016
Materia
Solicita pronunciamiento sobre presentación de contribuyente que individualiza, referido a utilización de crédito fiscal y deducción de la renta bruta de gastos asociados a adquisición y mantención de avión.
Normas citadas
Ley de la Renta (DL 824), art. 21; Ley de la Renta (DL 824), art. 31; Ley de la Renta (DL 824), art. 33; Ley del IVA (DL 825), art. 23
Criterio
El SII reconoce que los gastos de adquisición y mantención de un avión para traslado de trabajadores podrían cumplir el primer requisito de deducibilidad (relación directa con el giro), siempre que el avión se destine exclusivamente a la movilización de personal hacia sus lugares de trabajo.
 VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 23 – LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA, ART. 31 – CIRCULAR N° 23, DE 1987. (Ord. Nº 2872, de 18-10-2016) SOLICITA PRONUNCIAMIENTO SOBRE PRESENTACIÓN DE CONTRIBUYENTE QUE INDIVIDUALIZA, REFERIDO A UTILIZACIÓN DE CRÉDITO FISCAL Y DEDUCCIÓN DE LA RENTA BRUTA DE GASTOS ASOCIADOS A ADQUISICIÓN Y MANTENCIÓN DE AVIÓN. Solicita pronunciamiento sobre presentación de contribuyente que individualiza, referido a utilización de crédito fiscal y deducción de la renta bruta de gastos asociados a adquisición y mantención de avión. Se ha remitido a esta Dirección Nacional, Oficio del antecedente con análisis realizado por esa Dirección Regional, en relación a presentación de XXXX, en representación de TTTT, quien solicita un pronunciamiento sobre la utilización del crédito fiscal y deducción de la renta bruta de los gastos asociados a la adquisición, funcionamiento y mantención de un avión para el traslado de los trabajadores I.- ANTECEDENTES: Mediante presentación XXXX, solicita a esa Dirección Regional un pronunciamiento sobre la utilización del crédito fiscal y deducción de la renta bruta de los gastos asociados a la adquisición, funcionamiento y mantención de un avión para el traslado de trabajadores. Al efecto señala que su representada opera con giro en construcción, inversión y ventas inmobiliarias, y en dicho contexto desarrolla proyectos en construcción de preferencia en el sector Norte del País, entre Arica y Copiapó, estableciendo su oficina central en la ciudad de Iquique. De acuerdo a su plan de negocios la sociedad construye y vende viviendas en las ciudades de Arica, Iquique, Mejillones, Calama, Antofagasta y Copiapó, iniciando además un proyecto en la ciudad de Santiago. La empresa y sus filiales gestionan centralizadamente la supervisión de la construcción y ventas de viviendas. Así, los servicios de soporte, calidad, prevención de riesgos y control se proveen centralizadamente desde Iquique. Esto significa que en el desempeño de sus funciones los profesionales que gestionan y supervisan centralizadamente los proyectos, deben visitar continuamente las obras en cada una de las regiones donde mantiene proyectos, escogiendo los medios de transporte que optimicen seguridad, comodidad mínima, tiempos de trabajador y disponibilidad para la compañía. Informa que los trabajadores que cumplen aquellas labores deben movilizarse entre las ciudades de Iquique-Arica, Iquique-Antofagasta, Iquique-Calama, Iquique Copiapó, y también entre regiones, todo ello contempla un aproximado de 70 viajes mensuales por persona. Agrega que las frecuencias de los vuelos entre ciudades cubiertas por la línea aérea YYYY (ya que la línea aérea BBB no opera en estos tramos) no les permite un trabajo eficiente tanto para la empresa como para los profesionales, ya que obliga a los trabajadores a realizar largos viajes aumentando los riesgos de accidentabilidad, prueba de ello es que para efectuar visitas de unas horas a una obra, sus trabajadores se ven obligados a ausentarse de sus hogares por al menos 2 días, con largos viajes por tierra que pueden llegar a 10 horas ida y vuelta. Adicionalmente, informa que a la fecha, las líneas aéreas antes mencionadas disminuyeron y eliminaron sus tramos, frecuencias y horarios de vuelo, viéndose afectado todo el programa de viajes de cada uno de sus trabajadores, teniendo que buscar, otras opciones que básicamente se traducen en viajes en camioneta, bus o en avión, con los tiempos y costos que ello significa, y que claramente afecta a la empresa en términos de eficiencia y calidad de vida de sus trabajadores. Al respecto, el contribuyente ejemplifica indicando que si un trabajador se desplaza en camioneta, al mes debería conducir aproximadamente 600 horas y la mitad de ellas después de una jornada de trabajo, lo que aumenta los riesgos de accidentabilidad. En virtud de lo anteriormente expuesto, la empresa desea invertir en la comp

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA