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Fecha: 2019-12-30
Consulta sobre aplicación de la exención contenida en el Art. 13, N° 7, del D.L. N° 825, a las prestaciones que efectúa y cobra XXXXX por intermedio de sus centros de salud.
Las prestaciones de salud gravables (laboratorio o análogas a clínica/hospital) quedan exentas de IVA conforme art. 13 N° 7 DL 825 cuando se financian con bonos FONASA o ISAPRE por contrato o autorización entre institución y prestador, limitándose la exención al valor del bono FONASA o, para ISAPRE, hasta equivalente de niveles 1, 2 ó 3 del arancel FONASA vigente. También procede cuando sustituyen Servicios de Salud o Instituto de Seguridad Laboral con constancia contractual expresa, exentando hasta el monto del contrato. Lo excedente se grava con IVA.
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Cada fallo del TTA termina con una decisión. El tribunal puede acoger el reclamo del contribuyente (darle la razón), rechazarlo (darle la razón al SII) o acogerlo parcialmente (una decisión mixta).
En el semáforo de cada tribunal o juez usamos esos resultados como una pista de tendencia:
El porcentaje de fallos acogidos es una foto general, útil para comparar tribunales o jueces entre sí. Pero es una aproximación: no refleja si el caso siguió a apelación o casación, si la sentencia quedó firme, si hubo nulidad posterior, ni el peso económico del asunto (un fallo por $1 millón y uno por $1.000 millones pesan igual en el conteo).
Úsala como orientación relativa, no como predictor de tu caso específico.
Para saber qué juez pronunció cada sentencia, leemos automáticamente la firma del PDF (las frases "Pronunciada por…" o "firmado electrónicamente por…"). Esto significa que la suma de fallos que ves por juez puede ser menor que el total del tribunal: no es un error de cálculo, es que algunos fallos aún no pasan por el lector automático.
Funnel transparente: cargando…
Dos motivos principales:
Las cifras por juez son correctas para lo extraído, no completas respecto al universo total del tribunal. Si detectas un juez faltante o mal asignado, escríbenos a hola@normaviva.cl.
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