Oficio N° 541 de 2021

Vigente

En breve

Documento
Oficio N° 541 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
22-02-2021
Materia
IVA en el arrendamiento de un inmueble y de los gastos incurridos para el cumplimiento de dicho contrato.
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 8
Criterio
El SII se abstiene de pronunciarse sobre si el arrendamiento del inmueble está afecto a IVA, porque ello depende de verificaciones de hecho in situ respecto de si el inmueble cuenta con bienes muebles suficientes para habitación u oficina, o con instalaciones y maquinarias que permitan ejercer actividad comercial o industrial.
VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 8, LETRA G) – LEY N° 21.210, ART. TERCERO, N°4, LETRA D). (ORD. N° 541, DE 22.02.2021) IVA en el arrendamiento de un inmueble y de los gastos incurridos para el cumplimiento de dicho contrato. Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre la aplicación de IVA en el arrendamiento de un inmueble y de los gastos incurridos para el cumplimiento de dicho contrato. I ANTECEDENTES De acuerdo con su presentación, una sociedad comercial ("sociedad"), celebrará en el corto plazo, un contrato de "arrendamiento de colocación y centro de datos" (colocation and data center lease) con su principal cliente ("cliente"), en virtud del cual arrendará a este último una planta que construyó, correspondiente a un data center, con instalaciones, equipos, y suministro de energía eléctrica, que permitirá al arrendatario el desarrollo de su negocio, un centro de procesamiento de datos con prestaciones de conectividad a través de una red global para sus clientes. El contrato tiene por objeto un servicio complejo que comprende al menos dos prestaciones fundamentales: el alquiler de un inmueble con instalaciones y equipos donde se almacenan y procesan enormes cantidades de datos, y el suministro de energía eléctrica, de manera de garantizar en todo momento la seguridad y disponibilidad de la información que se custodia. Por esta razón, en el contrato se establece que "El propietario proporcionará al inquilino los servicios relacionados con la Capacidad de acuerdo con los términos de este contrato de arrendamiento" entendiendo por capacidad "la cantidad de energía eléctrica (en kW) disponible para una ubicación específica, junto con el espacio de piso asociado" según lo define el mismo contrato. De esta forma, de acuerdo al contrato, el propietario se obliga con el arrendatario a asegurarle el suministro de la capacidad de energía eléctrica necesaria para el funcionamiento del data center. Asimismo, en esta convención, en cuanto a la renta a pagar, se establece un clausula sobre "medición de electricidad y costo", disponiéndose que "la empresa" "facturará al cliente, por separado cada mes, por el uso de electricidad del inquilino en las instalaciones", cuyo costo se calculará según lo establece el mismo contrato. En relación con estas disposiciones contractuales, uno de los aspectos básicos con que debe contar un data center para su funcionamiento es el adecuado suministro de energía eléctrica, con determinadas características técnicas, toda vez que es fundamental que su abastecimiento sea suficiente y constante, pues si hay oscilaciones importantes, la eficiencia del sistema disminuye, lo que puede causar problemas a las empresas que confían su información sensible a estos centros. Precisamente, el aseguramiento de este suministro de energía es unas de las obligaciones contraídas por la empresa en el contrato indicado. Asimismo, además del abastecimiento de la electricidad que el arrendador debe contratar con terceros, y de los resguardos y medidas técnicas que debe adoptar para asegurar el suministro en condiciones adecuadas a la prestación del servicio objeto del contrato en referencia, para evitar cualquier riesgo en esta materia, el contribuyente ha realizado inversiones en equipos e infraestructura, tales como grupos electrógenos, los cuales permiten mantener y asegurar dicho suministro en forma ininterrumpida. Como puede apreciarse, el suministro de energía eléctrica con que cuente el data center es un elemento esencial en la prestación íntegra del servicio contratado, porque se debe asegurar al arrendatario de la planta el suministro continuo de una determinada capacidad de electricidad, que permita garantizar el correcto funcionamiento del sistema y la correspondiente mantención y disponibilidad, en todo momento, de la información custodiada, a fin de dar cumplimiento al contrato indicado. En consecuencia, de acuerdo con el contrato referido la empresa efectuará las sig

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