Oficio N° 841 de 2018

Vigente

En breve

Documento
Oficio N° 841 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
02-05-2018
Materia
Documentos que debe emitir empresa que ofrece planes de salud para mascotas.
Normas citadas
Código de Comercio, art. 512
Criterio
Las cotizaciones mensuales de planes de salud para mascotas constituyen primas de seguro afectas a IVA y requieren boleta afecta. Los reembolsos de atenciones veterinarias no constituyen servicio gravado con IVA y no requieren documento tributario, solo comprobante interno.
RENTA - ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA - CÓDIGO DE COMERCIO, ART. 512 - OFICIO N° 1053, DE 2011. (Ord. Nº 841, de 02-05-2018) DOCUMENTOS QUE DEBE EMITIR EMPRESA QUE OFRECE PLANES DE SALUD PARA MASCOTAS. Se ha solicitado a esta Dirección Nacional un pronunciamiento sobre la forma en que se deben reflejar los egresos que tenga XXXXX SA respecto de los reembolsos a que tendrán derecho las personas que hayan contratado con la empresa un plan de salud para sus animales. De acuerdo a los antecedentes, y sin perjuicio de la exposición efectuada por esa Dirección Regional, el peticionario (XXXXX SA) solicita se emita un pronunciamiento sobre la forma en que se deben reflejar los egresos que efectúe respecto de los reembolsos a que tendrán derecho las personas que hayan contratado con ella un plan de salud para sus animales. Informa que XXXXX SA se dedicará a ofrecer planes de salud para mascotas con un costo mensual al alcance de los diferentes estratos sociales que existen, pues su filosofía se basa en incentivar la responsabilidad al incorporar un animal de compañía en los hogares, especialmente en cuanto a la prevención de enfermedades que ponen en riesgo su salud como de quienes conviven con ellos. Tras algunas consideraciones, solicita aclarar: De qué manera pueden justificar los gastos de XXXXX SA, que corresponden al pago de los reembolsos que efectuará a sus afiliados por concepto de boletas que les hagan llegar por las atenciones veterinarias a sus mascotas. Si, por los ingresos de XXXXX SA provenientes de afiliados que paguen la cotización mensual del plan que contraten, deberían emitir boletas exentas o no. Como primera cuestión, es importante señalar que, sobre una materia relacionada y mismo peticionario, esta Dirección Nacional remitió a esa Dirección Regional el Oficio N° 1053 de 2011, publicado en el sitio web y cuya copia se acompaña. Allí se expuso que, de acuerdo a los antecedentes acompañados, la prestación en cuestión reviste todos los elementos propios o característicos del contrato de seguro, el cual, en el caso examinado, reviste la particularidad que ha sido contratado para cubrir los gastos incurridos en acciones tendientes a prevenir y/o recuperar la salud animal. Así la denominada cotización constituye una prima mensual, el riesgo está representado por elementos que atentan contra la salud e integridad física de la mascota, y el interés asegurable por el propósito del dueño de conservar la salud de su mascota. Luego, concluye el Oficio citado, las labores consultadas forman parte de la actividad mercantil propia de los seguros, la llamada cotización pagada por los afiliados constituye una prima de seguros, afectándose por consiguiente con Impuesto al Valor Agregado. Sin perjuicio de lo anterior, prosigue el Oficio, debe tenerse presente que a la luz del Art. 512 del Código de Comercio ya citado, el monto reintegrado al dueño de la mascota afiliada, atendido su naturaleza indemnizatoria, no configura un hecho gravado con Impuesto al Valor Agregado. Conforme lo expuesto precedentemente, y en la medida que la naturaleza de los servicios ahora consultados son virtualmente los mismos que se tuvieron en vista en su oportunidad, se informa: Documentos a emitir por el pago de cotizaciones de salud de mascotas. Considerando que la cotización constituye una prima de seguros afecta a IVA, deberá emitirse boleta afecta por cada pago mensual que realice el afiliado. Reembolso de prestaciones veterinarias En la medida que XXXXX SA se limite a reembolsar a sus afiliados el monto de las atenciones veterinarias en cumplimiento del plan de salud para mascotas contratado, atenciones documentadas con las correspondientes boletas que le sean presentadas, XXXXX SA no deberá emitir documento tributario alguno, en la medida que el mero reembolso de gastos no constituye un servicio gravado con Impuesto al Valor Agregado. Por consiguiente, XXXXX SA deberá utilizar cualquier otro documento de carácter interno que estime conveniente y

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA