Resolución Exenta N° 1 de 2020

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 1 de 2020, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
02-01-2020
Materia
Delegación de facultades en Subdirección de Administración para adquisición de bienes, contratación de servicios y arrendamiento de inmuebles
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 6; DFL 1/19.653, art. 41; DFL 7/1980, art. 7; DL 1.263/1975, art. 2; DS 250/2004, art. 14 bis; Ley 18.575, art. 5; Ley 19.880, art. general; Ley 19.886, art. general
Criterio
Delegar facultades en el Subdirector de Administración y Jefe de Departamento de Adquisiciones para gestionar la adquisición de bienes muebles, contratación de servicios y arrendamiento de inmuebles, conforme a umbrales de monto en UTM y procedimientos de convenios marco, licitación pública y privada, contratación directa.
Servicio de Impuestos Internos – Subdirección de Administración 02 de enero de 2020 Delegación de facultades y asignación de funciones en jefaturas de la Subdirección de Administración --- Se tuvieron presente las siguientes normas legales y reglamentarias: - Artículo 7°, letras c), h), i), j), o) y q) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (Decreto con Fuerza de Ley N° 7 del Ministerio de Hacienda, de 1980) - N° 3 de la letra A) del artículo 6° del Código Tributario - Artículo 41 del DFL N° 1/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado - Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento (Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda) - Decreto N° 799 de 1974, que establece Disposiciones que Regulan Uso y Circulación de Vehículos Estatales - Dictamen N° 35.593 de 1995 de la Contraloría General de la República (instrucciones sobre uso y circulación de vehículos estatales) - Resoluciones de la Dirección Nacional del SII: N° 343 de 2000; N° 37 de 2013; Exenta N° 17 de 2015; Exenta N° 66 de 2016; N° 74 de 2017; y Exenta N° 118 de 2019 - Resoluciones N° 6 y 7 de 2019 de la Contraloría General de la República (normas sobre exención del trámite de toma de razón) --- PRIMERO. De conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 5° de la Ley N° 18.575, las autoridades y funcionarios deben velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos. SEGUNDO. Consecuentemente, deben adoptarse las medidas necesarias para garantizar una eficiente gestión de los recursos para la adquisición de bienes muebles e inmuebles y la contratación de servicios, en conformidad a la normativa que regula la materia. TERCERO. El artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos otorga al Director las atribuciones para dirigir el Servicio. CUARTO. Con el objeto de propender a una mejor gestión del Servicio en materias propias de la Subdirección de Administración, tales como la adquisición de bienes y servicios, el arrendamiento de bienes inmuebles, la disposición de bienes muebles dados de baja y los actos relativos al Departamento de Finanzas, se ha estimado necesario delegar determinadas facultades en las jefaturas que se indican. QUINTO. Existe la necesidad de mejorar el procedimiento para la celebración de todo acto, contrato y otras convenciones necesarias para la normal, adecuada y oportuna adquisición de bienes y contratación de servicios necesarios para el correcto desarrollo y cumplimiento de las obligaciones del Servicio. --- --- (Artículo 14 bis del Decreto Supremo N° 250 de 2004) En procesos de contratación con monto igual o superior a 1.000 UTM de la Dirección Nacional, Direcciones Regionales o Dirección de Grandes Contribuyentes (individual o conjuntamente), o en compras conjuntas con otros Servicios Públicos cualquiera sea su monto: | Facultad | |----------| | 1.1 Aprobar intenciones de compra y acuerdos complementarios | | 1.2 Seleccionar la oferta más conveniente a los intereses del Servicio conforme a la intención de compra | | 1.3 Declarar finalizados los procesos sin seleccionar ofertas | | 1.4 Declarar inadmisibles las ofertas | | 1.5 Autorizar la emisión de órdenes de compra | | 1.6 Aprobar modificaciones, términos anticipados por mutuo acuerdo, finiquitos de acuerdos complementarios, órdenes de compra y documentos accesorios | | 1.7 Autorizar la ejecución de garantías de seriedad de oferta o de fiel cumplimiento | (Ley N° 19.886) En procesos de monto igual o superior a 1.000 UTM de la Dirección Nacional, Direcciones Regionales o Dirección de Grandes Contribuyentes: | Facultad | |----------| | 2.1 Convocar a licitación pública | | 2.2 Aprobar, modificar y

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