Resolución Exenta N° 100 de 2019

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 100 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
05-09-2019
Materia
Autorización como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a la Subsecretaría del Medio Ambiente
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 56; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Autorizar a la Subsecretaría del Medio Ambiente como receptor electrónico de Documentos Tributarios Electrónicos a contar de mayo de 2019, habiendo cumplido los requisitos establecidos en la Resolución Exenta N° 63 de 2004. El organismo debe ajustarse a las instrucciones impartidas en dicha resolución y sus modificaciones.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos, Subdirección de Asistencia al Contribuyente Fecha: 5 de septiembre de 2019 Referencia: 306-SDAC–2019 GE00128138 --- - Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), Nº 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. Nº 830, de 1974. - Los artículos 54 y 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D.L. Nº 825, de 1974. - Las Resoluciones Exentas N°s 63, de 15 de julio de 2004, modificada por la Resolución Exenta N° 91, de 6 de octubre de 2017; y 72, de 21 de agosto de 2015, delegatoria. --- Primero. Que la Resolución Exenta N° 63, del 2004, modificada por la Resolución N° 91, del 2017, estableció normas y procedimientos de operación para los Organismos Públicos que sean autorizados como Receptores Electrónicos de Documentos Tributarios Electrónicos. Segundo. Que el Organismo Público que se detalla en el resolutivo primero ha postulado como receptor de Documentos Tributarios Electrónicos y ha cumplido los requisitos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 63, de 15 de julio de 2004, para tal efecto. Tercero. Que por medio de la Resolución Exenta SII N° 72, de 21 de agosto de 2015, se delegó en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a organismos públicos como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos. --- Primero. Autorízase como receptor electrónico de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), a contar del mes de mayo de 2019, al siguiente Organismo Público: | Organismo | RUT | |---|---| | Subsecretaría del Medio Ambiente | 61.979.930-5 | Segundo. El Organismo Público autorizado como receptor de Documentos Tributarios Electrónicos deberá ajustarse a las instrucciones impartidas en la Resolución Exenta SII N° 63, de 15 de julio de 2004, actualizada por la Resolución Exenta SII N° 91, de 6 de octubre de 2017. --- Anótese, comuníquese y publíquese en extracto. Verónica Valle Saráh Subdirectora de Asistencia al Contribuyente

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