Resolución Exenta N° 100 de 2024

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 100 de 2024, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
16-10-2024
Materia
Aprueba convenio de colaboración SII - Universidad Autónoma de Chile para educación fiscal y tributaria
Normas citadas
DFL7, art. 1; DFL7, art. 7; Ley18575, art. 1
Criterio
Aprueba Convenio de Colaboración entre SII y Universidad Autónoma de Chile para desarrollar conjuntamente acciones de educación fiscal y tributaria, incluyendo elaboración de material educativo, actividades de capacitación, asistencia al contribuyente y fortalecimiento de educación cívica. Los compromisos son gratuitos y sujetos a disponibilidad de recursos humanos y materiales del SII.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Materia: Aprueba Convenio de Colaboración entre Servicio de Impuestos Internos y Universidad Autónoma de Chile Fecha: Santiago, 16 de octubre de 2024 Referencia: GE00287661 --- Las facultades que me confieren los artículos 1° y 7° letras h) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de Hacienda, de fecha 30 de septiembre de 1980; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y en la Resolución N° 1600, del 6 de noviembre de 2008, de la Contraloría General de la República. --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que el Director tiene la facultad de administración y celebración de actos y contratos en representación del Servicio según lo dispuesto en las letras h) y o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. TERCERO. Que, para tales efectos se ha acordado la firma del presente Convenio de Colaboración, con el objeto de poder desarrollar conjuntamente acciones destinadas a: - Estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria - Fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente - Fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil CUARTO. Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento de sus funciones y en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, el Servicio de Impuestos Internos y la Universidad Autónoma de Chile han acordado suscribir un convenio de colaboración. --- APRUÉBESE el CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHILE, celebrado en el mes de agosto de 2024, cuyo texto es el siguiente: --- Fecha de celebración: 29 de agosto de 2024 Lugar: Santiago Servicio de Impuestos Internos - RUT: 60.803.000-K - Representante: Javier Etcheberry Celhay - RUT representante: 4.891.404-7 - Domicilio: Teatinos N° 120, Santiago - En adelante: "SII" Universidad Autónoma de Chile - RUT: 71.633.300-0 - Representante: Francisco Baghetti Díaz (Vicerrector) - RUT representante: 6.621.595-4 - Domicilio: Ricardo Morales 3369, San Miguel, Santiago - En adelante: "Universidad" --- Las entidades acuerdan desarrollar conjuntamente acciones destinadas a: - Impulsar la educación fiscal y tributaria - Fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente - Fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil Fundamento legal: La facultad del Director del Servicio de Impuestos Internos para llevar a cabo acciones de capacitación a los contribuyentes y establecer acuerdos u otras acciones orientadas a promover el cumplimiento tributario consta en la letra q) del Artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. N° 7, de Hacienda de 1980. Definición de términos: Para efectos de este Convenio, toda referencia a los términos "ámbito fiscal" o "temas fiscales" comprenderá aquellas materias relacionadas con la competencia de este Servicio, esto es, impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. --- Este Convenio se llevará a cabo a través de las siguientes actividades: Considera la elaboración conjunta de contenidos y material para formación e información en el ámbito fiscal y tributario, que podrá ser en distintos medios (impreso, audiovisual, etc.) para difundir por ambas instituciones. Implica la realización

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