Resolución Exenta N° 103 de 2019

Vigente

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Documento
Resolución Exenta N° 103 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
13-09-2019
Materia
Complementa nómina de grandes contribuyentes establecida en Resolución Ex. SII N° 147 de 2018
Normas citadas
DFL7, art. 2; DFL7, art. 3bis; DFL7, art. 7; DFL7, art. 9; Código Tributario (DL 830), art. 59bis; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Complétase la nómina de grandes contribuyentes incorporando quince nuevas entidades, principalmente del grupo Anglo American y otras empresas relevantes, a contar de la publicación en Diario Oficial. Las Direcciones Regionales que estén fiscalizando a estos contribuyentes deberán continuar los trámites hasta su término, informando a la Dirección de Grandes Contribuyentes.
Tribunal: Dirección de Grandes Contribuyentes, Servicio de Impuestos Internos Materia: Complementa Nómina de Grandes Contribuyentes Fecha: 13 de septiembre de 2019 Referencia: Resolución EX. SII Nº 147, de 27 de diciembre de 2018 --- - Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado - Artículos 2°, 3° bis, 7° (letras a, b, c, ñ y q) y 9° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo 1° del D.F.L. Nº 7, de Hacienda, de 1980 - Artículo 6° letra A, Nº 1 del Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del D.L. Nº 830, de 1974 - Resolución Ex. SII Nº 147, de 27 de diciembre de 2018 --- 1° Que el artículo 2° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 7 de Hacienda de 1980, establece que el Servicio está constituido por la Dirección Nacional, la Dirección de Grandes Contribuyentes, ambas con sede en la capital de la República, y por las Direcciones Regionales. 2° Que el artículo 3° bis del texto legal citado fija la competencia de la Dirección de Grandes Contribuyentes sobre los contribuyentes calificados como grandes contribuyentes por resolución del Director, cualquiera que fuere su domicilio. 3° Que este Servicio tiene por misión fiscalizar y proveer servicios, orientados a la correcta aplicación de los impuestos internos de manera eficiente, equitativa y transparente, a fin de asegurar el cumplimiento tributario, mitigar los riesgos de incumplimiento y reducir las brechas, lo anterior a través de acciones de tratamiento proporcionales al riesgo de incumplimiento de los contribuyentes. 4° Que el Modelo de Gestión de Cumplimiento Tributario del Servicio incorpora, entre otros aspectos, monitoreo integral y consolidado a los grupos económicos o entidades asociadas. 5° Que la Resolución Ex. SII Nº 147, de 27 de diciembre de 2018, que fija la nómina de grandes contribuyentes, establece en sus resolutivos 2° y 3° lo siguiente: --- 1° Complétase la Nómina de "Grandes Contribuyentes" contenida en el Anexo A de la Resolución Ex. SII Nº 147, de 27 de diciembre de 2018, incorporando a ella a los siguientes contribuyentes, a contar de la fecha que se indica en el resolutivo 3°: | N° | Contribuyente | RUT | DV | |:--:|:---|---:|:--:| | 1 | ANGLO AMERICAN AMCOLL (UK) LTD. | 59.050.550 | 1 | | 2 | ANGLO AMERICAN CLARENT (UK) LTD. | 59.052.320 | 8 | | 3 | ANGLO AMERICAN MARKETING LIMITED. | 59.277.220 | 5 | | 4 | ANGLO AMERICAN TECHNICAL & SUSTAINABILITY SERVICES. | 59.280.370 | 4 | | 5 | ANGLO AMERICAN TECHNICAL & SUSTAINABILITY SERVICES LTD. A - AGENCIA EN CHILE. | 59.280.390 | 9 | | 6 | FUNDACION ANGLO AMERICAN. ANGLO AMERICAN | 65.886.170 | 0 | | 7 | ANGLO AMERICAN MARKETING CHILE SPA. | 76.908.604 | 8 | | 8 | ANGLO AMERICAN COPPER FINANCE SPA. | 76.908.612 | 9 | | 9 | INVERSIONES ANGLO AMERICAN SUR SPA. | 77.762.890 | 9 | | 10 | INVERSIONES ANGLO AMERICAN NORTE SPA. | 81.175.700 | 4 | | 11 | NUEVA MASVIDA SA. | 96.504.160 | 5 | | 12 | RSAL TRADING SPA. | 76.769.414 | 8 | | 13 | CLARO SERVICIOS S.A. | 88.381.200 | K | | 14 | SOCIEDAD NACIONAL DE OLEODUCTOS S.A. | 81.095.400 | 0 | | 15 | ENEL CHILE S.A. | 76.536.353 | 5 | 2° Las Direcciones Regionales que, a la fecha de entrada en vigencia de esta Resolución, hayan asumido la fiscalización directa o el conocimiento de solicitudes o peticiones administrativas de uno o más de los contribuyentes que por este acto se incorporan a la nómina de "Grandes Contribuyentes", deberán continuar con los trámites y diligencias propias de dicha fiscalización o solicitud hasta su debido término, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 59 bis del Código Tributario, informando de ello a la Dirección de Grandes Contribuyentes. 3° La presente Resolución regirá a partir de su publicación en extracto en el Diario Oficial. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE

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