Resolución Exenta N° 103 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 103 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
04-09-2023
Materia
Incorporación de ACF Capital S.A. en nómina de receptoras de Carpeta Tributaria por Mandato
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Incorporar a ACF CAPITAL S.A. a la nómina de instituciones receptoras de Carpeta Tributaria por Mandato, verificando que cumple los requisitos establecidos en Resolución Ejecutiva N° 21 de 2021. La inscripción es efectiva a partir del décimo día hábil de la notificación.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos – Subdirección de Asistencia al Contribuyente – Oficina de Canales Digitales Oficio N° 77323155277 | Santiago | 01.06.2022 --- Artículo 6° letra A) N° 3 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974. Resolución N° 21, del 24.02.2021, que establece los requisitos y procedimiento para que las entidades sean inscritas como receptoras de la "Carpeta Tributaria por Mandato" y delega facultades. Resolución N° 13, del 08.02.2022, que modifica los requisitos exigidos a las entidades públicas habilitadas como receptoras de la información contenida en la "Carpeta Tributaria por Mandato". Petición administrativa presentada por don Martín Correa De la Cerda, en representación de ACF CAPITAL S.A., RUT 99.580.240-6, domiciliada en calle El Bosque Norte N° 0177 Of. 802, comuna de Las Condes, solicitando autorización para ser incluida en la nómina de entidades receptoras de la Carpeta Tributaria por Mandato. --- PRIMERO: Que el solicitante adjuntó documentos tales como escrituras y certificados, que fueron debidamente examinados por este Servicio. Consta además en las bases de datos de este Servicio que ACF CAPITAL S.A. ha informado dentro de sus actividades los siguientes giros: - Fondos y Sociedades de Inversión y Entidades Financieras similares (desde 04.01.2005) - Otras Actividades de Servicios Financieros, excepto las de Seguros y Fondos de Pensiones N.C.P. (desde 19.07.2016) SEGUNDO: Que, en virtud de lo anterior, es posible concluir favorablemente a su petición, toda vez que es posible confirmar que ACF CAPITAL S.A. reúne las condiciones señaladas en la Resolución Ejecutiva N° 21 del 2021. TERCERO: Que la facultad de incorporar en la Nómina de Instituciones Receptoras de Carpeta Tributaria por Mandato se encuentra delegada en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente, conforme lo dispuesto en la Resolución Ejecutiva N° 21 del 2021. --- PRIMERO: Ha lugar a lo solicitado. SEGUNDO: Incorpórese al contribuyente ACF CAPITAL S.A., RUT 99.580.240-6, a la Nómina de Instituciones Receptoras de Carpeta Tributaria por Mandato, a partir del décimo día hábil de la notificación de esta Resolución. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y NOTIFIQUESE. Patricio Muñoz Rojas Subdirector de Asistencia al Contribuyente

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