Resolución Exenta N° 105 de 2020

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Documento
Resolución Exenta N° 105 de 2020, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
03-09-2020
Materia
Condonación de recargos legales en deudas tributarias por COVID-19
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 192; Código Tributario (DL 830), art. 207; Código Tributario (DL 830), art. 36; Código Tributario (DL 830), art. 53; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 8
Criterio
Condonación del 100% de los intereses moratorios por pagos fuera de plazo de cuotas de impuesto territorial 2020 con vencimiento hasta 31 de diciembre de 2020, aplicable únicamente a pagos al contado hasta esa fecha y excluyendo deudas con convenios vigentes. Esta medida complementa las normas de apoyo tributario por COVID-19 establecidas en los Decretos Supremos N° 420 y N° 1156.
Servicio de Impuestos Internos / Tesorería General de la República Fecha: 3 de septiembre de 2020 Santiago --- Conforme a lo previsto en el N° 4 del artículo 1° del Decreto Supremo N° 1156 de 2020 del Ministerio de Hacienda. --- - Artículos 6° letra A N° 1, 8, 36, 53, 192 y 207 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830, de 1974. - Artículo 22 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 1998, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Nº 17.235, sobre Impuesto Territorial. - Artículos 1°, 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980. - Artículo 2 N° 1 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, del Ministerio de Hacienda, de 1994. - Decreto N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que "Declara estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile". - Decreto N° 107, de 20 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que "Declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica". - Decreto Supremo N° 420, de 30 de marzo de 2020, del Ministerio de Hacienda, que "Establece medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación del COVID-19 en Chile". - Decreto Supremo N° 1156, de 28 de julio de 2020, del Ministerio de Hacienda, que "Establece medidas de índole tributaria, para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación del COVID-19 en Chile". - Decreto N° 269, de 12 de junio de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que "Prorroga declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile". - Resolución Exenta N° 68 del Servicio de Impuestos Internos y Resolución Exenta N° 490 de la Tesorería General de la República, ambas de 26 de junio de 2020. --- PRIMERO. Que a partir del mes de diciembre de 2019 se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2), que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o COVID-19. SEGUNDO. Que lo anterior ha provocado efectos y consecuencias de toda índole en personas y bienes, situación que se ha ido agravando conforme se ha expandido el virus. TERCERO. Que lo anterior dio lugar a la dictación del estado de excepción constitucional de catástrofe mediante el Decreto N° 104, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Subsecretaría del Interior, publicado en el Diario Oficial de 18 de marzo de 2020, por un término de 90 días. CUARTO. Que asimismo, mediante Decreto Supremo N° 107, de 20 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior, se declaró como zonas afectadas por catástrofe, por un plazo de 12 meses, las 346 comunas de las 16 regiones del país. QUINTO. Que con la dictación del Decreto Supremo N° 420, de 30 de marzo de 2020, del Ministerio de Hacienda, se establecieron medidas de índole tributaria para apoyar a las familias, los trabajadores y a las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación del COVID-19 en Chile. SEXTO. Que con fecha 12 de junio de 2020, a través del Decreto N° 269, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se prorrogó la declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, por un plazo adicional de 90 días, a contar del vencimiento del plazo original señalado en el considerando tercero. SÉPTIMO. Que con la dictación del Decreto Supremo N° 1156, de 28 de julio de 2020, del Ministerio de Hacienda, se prorrogaron los plazos de vigencia de las medidas tributarias indicadas en el Decreto Supremo N° 420 precedentemente ci

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