Resolución Exenta N° 108 de 2024

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Documento
Resolución Exenta N° 108 de 2024, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
21-11-2024
Materia
Ampliación de plazo para presentar Formulario N° 1920 de declaración voluntaria extraordinaria de bienes o rentas hasta 31 de diciembre de 2024
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 21; Código Tributario (DL 830), art. 6; Ley 21.713, art. duodécimo transitorio; Ley 21.713, art. undécimo transitorio; Ley 21.716, art. único
Criterio
Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo para presentar el Formulario N° 1920 con la declaración jurada extraordinaria de bienes y rentas, así como la solicitud para poner término anticipado a gestiones judiciales y ofrecer caución para deudas tributarias. Esta modificación se realiza en conformidad con lo establecido en la Ley N° 21.716, que reemplaza la fecha del 30 de noviembre por el 31 de diciembre de 2024.
Servicio de Impuestos Internos Fecha: 21 de noviembre de 2024 Materia: Ampliación de plazo para presentar Formulario N° 1920 y término anticipado de gestiones judiciales --- Se invocan las siguientes facultades legales: - Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Artículos 6 letra A) N° 1 y 21 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830, de 1974 - Artículos undécimo y duodécimo transitorios de la Ley N° 21.713, que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del pacto por el crecimiento económico, el progreso social y la responsabilidad fiscal (publicada en el Diario Oficial del 24 de octubre de 2024) - Artículo único de la Ley N° 21.716, que modifica la Ley N° 21.713, en relación al concepto de abuso en materia tributaria y a la vigencia de algunas de sus disposiciones (publicada en el Diario Oficial del 13 de noviembre de 2024) - Resoluciones Exentas SII N°s 103 y 104, ambas del 25 de octubre de 2024 --- PRIMERO: El N° 1 de la letra A del artículo 6° del Código Tributario y la letra b) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos autorizan al Director para fijar normas y dictar instrucciones para la aplicación y fiscalización de los impuestos. SEGUNDO: Mediante Resolución Exenta SII N° 103, de 25 de octubre de 2024, se estableció que los contribuyentes que opten por acogerse al sistema voluntario y extraordinario de declaración de bienes o rentas establecido en el artículo undécimo transitorio de la Ley N° 21.713, deberán presentar electrónicamente a través del sitio web del Servicio de Impuestos Internos: - "Declaración jurada extraordinaria de bienes y rentas" - "Inventario de bienes y rentas" contenidos en el "Formulario N° 1920" y "Anexo Formulario 1920", respectivamente. Se instruyó que estos documentos deberían ser presentados a contar del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 30 de noviembre de 2024. TERCERO: A través de Resolución Exenta SII N° 104, de 25 de octubre de 2024, se estableció que la solicitud para poner término anticipado a las gestiones judiciales que se encuentren pendientes y ofrecer caución suficiente para el pago de las deudas tributarias, a que se refiere el artículo duodécimo transitorio de la Ley N° 21.713, se podrá presentar dentro del siguiente plazo: - Desde el 1° de noviembre hasta el 30 de noviembre de 2024 - Por causas iniciadas antes del 1° de enero de 2024 - Mientras no se haya dictado sentencia firme y ejecutoriada en la causa de que se trate CUARTO: De acuerdo con lo dispuesto en los numerales 2 y 3 del artículo único de la Ley N° 21.716, se reemplazan en los artículos undécimo y duodécimo transitorio de la Ley N° 21.713, la expresión "30 de noviembre" por "31 de diciembre". --- PRIMERO: AMPLÍASE hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo para presentar a través del sitio web www.sii.cl: - "Declaración jurada extraordinaria de bienes y rentas" - "Inventario de bienes y rentas" contenidos en el "Formulario N° 1920" y "Anexo Formulario 1920", respectivamente. Se mantienen vigentes los plazos definidos en la Resolución Exenta SII N° 103, de 2024, para acompañar los antecedentes que respaldan lo declarado en el Anexo Inventario Formulario N° 1920: | Plazo | Condición | | --- | --- | | 4 meses | Según letra a) del Resolutivo 3° | | 6 meses | Según letra b) del Resolutivo 3° | Ambos plazos se cuentan desde la fecha de presentación de la declaración, en conformidad a lo regulado en la citada Resolución. SEGUNDO: AMPLÍASE hasta el 31 de diciembre de 2024 el plazo para presentar a través del Sistema de Peticiones Administrativas (SISPAD), contenido en la página web www.sii.cl, la solicitud para: - Poner término anticipado a las gestiones judiciales que se encuentren pendientes - Ofrecer caución suficiente para el pago de la deuda tributaria Cumpliendo las condiciones que la nor

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