Resolución Exenta N° 11 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 11 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
02-02-2023
Materia
Autorización como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a organismos públicos municipales
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 56; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
El SII autoriza a dos organismos públicos municipales como receptores electrónicos de documentos tributarios electrónicos desde enero de 2023, tras verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución Exenta N° 63 de 2004.
Referencia: GE00206100 188-SDAC Materia: Autoriza como receptor electrónico de documentos tributarios electrónicos a organismos públicos que indica Fecha: Santiago --- - Artículo 6°, Letra A), Nº 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. Nº 830, de 1974. - Artículos 54 y 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D.L. Nº 825, de 1974. - Resolución Exenta N° 63, de 15.07.2004, modificada por la Resolución Exenta N° 91, de 06.10.2017. - Resolución Exenta N° 72, de 21.08.2015 (delegatoria). --- 1° Que la Resolución Exenta N° 63, de 2004, modificada por la Resolución N° 91, de 2017, estableció normas y procedimientos de operación para los Organismos Públicos que sean autorizados como Receptores Electrónicos de Documentos Tributarios Electrónicos. 2° Que los Organismos Públicos que se detallan en el resolutivo primero han postulado como receptor de Documentos Tributarios Electrónicos y han cumplido los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N° 63, de 15.07.2004, para tal efecto. 3° Que por medio de la Res. Ex. SII Nº 72, de 21.08.2015, se delegó en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a organismos públicos como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos. --- 1° AUTORÍZASE como receptor electrónico, a contar del mes de enero de 2023, a los siguientes Organismos Públicos: | Organismo | RUT | | --- | --- | | Ilustre Municipal de San Rosendo | 66.151.100-6 | | Ilustre Municipal de San Rosendo Educación | 66.151.101-4 | 2° Los Organismos Públicos autorizados como receptores de Documentos Tributarios Electrónicos deberán ajustarse a las instrucciones impartidas en la Resolución Ex. SII N° 63, de 15.07.2004, actualizada por la Resolución Ex. SII N° 91, de 06.10.2017. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO.

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