Resolución Exenta N° 110 de 2019

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Documento
Resolución Exenta N° 110 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
30-09-2019
Materia
Reemplazo de estructura e instrucciones de declaraciones juradas; deja sin efecto resoluciones anteriores
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 34; Código Tributario (DL 830), art. 35; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 60; Código Tributario (DL 830), art. 85; DFL7, art. 1; DFL7, art. 4bis; DFL7, art. 7; DL3500, art. 89
Criterio
El SII reemplaza estructura e instrucciones de las DJ N°s 1894, 1926, 1932 y 1940, y solo las instrucciones de las N°s 1887, 1902, 1922 y 1946 (Anexos 1-12); y deja sin efecto, desde el año tributario 2020, las Res. N° 15/2005 (DJ 1836, caballos fina sangre) y N° 85/2012 (DJ 1901, asignaciones familiares independientes), por simplificación vía facturación electrónica y por la Ley N° 21.133. Rige para declaraciones del año tributario 2020 sobre el año comercial 2019 en adelante.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos (SII) — Subdirección de Fiscalización Fecha: 30 de septiembre de 2019 Director: Fernando Barraza Luengo Materia: Reemplazo de estructura e instrucciones de declaraciones juradas; derogación de resoluciones --- Se consideran las necesidades del Servicio y las facultades contempladas en: - Artículos 1°, 4° bis y 7° del D.F.L. N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda (Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos) - N° 1, letra A), de los artículos 6°, 34, 35, 60 y 85 inciso 2°, del Código Tributario Las instrucciones contenidas en las Resoluciones Exentas SII que se detallan a continuación: | Resolución | Fecha | Observaciones | |-----------|-------|---------------| | N° 6836 | 28 de diciembre de 1993 | y sus modificaciones posteriores | | N° 15 | 9 de febrero de 2005 | y sus modificaciones posteriores | | N° 171 | 26 de diciembre de 2008 | y sus modificaciones posteriores | | N° 85 | 7 de agosto de 2012 | — | | N° 28 | 22 de febrero de 2013 | — | | N° 20 | 10 de marzo de 2015 | y sus modificaciones posteriores | | N° 112 | 24 de diciembre de 2015 | y sus modificaciones posteriores | | N° 123 | 26 de diciembre de 2016 | — | | N° 79 | 31 de agosto de 2017 | — | | N° 107 | 26 de octubre de 2017 | y sus modificaciones posteriores | --- Primero Que a este Servicio le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. Asimismo, le corresponde fiscalizar en forma eficiente y oportuna la correcta aplicación de las franquicias y beneficios tributarios que la ley establece. Segundo Que este Servicio, mediante las Resoluciones Exentas SII indicadas en los VISTOS, establece que las declaraciones juradas e instrucciones que en éstas se indican deben ser presentadas en la forma y plazo que se fija al efecto. Tercero Que por razones de buen servicio resulta necesario reemplazar los formatos e instrucciones de las declaraciones juradas y certificados a que se refieren las resoluciones señaladas. Cuarto Que este Servicio, mediante Resoluciones Exentas SII N° 15 del 9 de febrero de 2005 y sus modificaciones posteriores, e N° 85 del 7 de agosto de 2012, instruyó informar, respectivamente, sobre: - Las transferencias de caballos de fina sangre y caballos chilenos - La nómina de trabajadores independientes del artículo 89 del D.L. N° 3.500 de 1980, beneficiarios de asignaciones familiares y maternales Todo de acuerdo a la forma y plazo que se fija al efecto. Quinto Que en virtud de las funciones de este Servicio de velar por una eficiente administración y fiscalización de los impuestos y con el fin de simplificar el cumplimiento tributario por parte de los contribuyentes, considerando la información obtenida a través de la facturación electrónica, entre otros, resulta pertinente dejar sin efecto la Resolución Ex. SII N° 15 del 9 de febrero de 2005 y sus modificaciones posteriores. Sexto Que la Ley N° 21.133 modifica la Ley N° 20.255 sobre las cotizaciones previsionales de los trabajadores independientes, eliminando la obligación de este Servicio de calcular e imputar a las cotizaciones previsionales las asignaciones familiares. Por lo anterior, resulta pertinente dejar sin efecto la Resolución Ex. SII N° 85 del 7 de agosto de 2012. --- Primero Reemplázase la estructura y contenido de las Declaraciones Juradas Formularios N°s 1894, 1926, 1932 y 1940, y sus correspondientes instrucciones de llenado, según el formato e instrucciones que se contienen en los Anexos N°1 al N°8 de la presente resolución. Segundo Reemplázanse las instrucciones de las Declaraciones Juradas N°s 1887, 1902, 1922 y 1946, según Anexos N°9 al N°12 de la presente resolución. Tercero Los Anexos N° 1 al N° 12 de la presente resolución, que se entienden formar parte integrante de ella, se publicarán oportunamente en la página we

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