Resolución Exenta N° 113 de 2018

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 113 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
13-11-2018
Materia
Suspensión de calidad de agente retenedor a ENEL CHILE S.A. por dificultades técnicas en implementación de cambio de sujeto para IVA
Normas citadas
DFL7, art. 9; Ley del IVA (DL 825), art. 3; Ley del IVA (DL 825), art. 4; Código Tributario (DL 830), art. 1
Criterio
Se suspende la calidad de agente retenedor de ENEL CHILE S.A. hasta el 31 de diciembre de 2018 por dificultades técnicas en la implementación del cambio de sujeto para IVA, reconociendo excepcionalmente los ajustes requeridos en sus sistemas contables.
| | | |---|---| | Tribunal | Servicio de Impuestos Internos (SII) | | Subdirección | Subdirección de Fiscalización | | Departamento | Departamento de Análisis Masivo del Cumplimiento Tributario | | Fecha | 13 de noviembre de 2018 | | Materia | Suspensión de calidad de agente retenedor a ENEL CHILE S.A. | --- 1. Lo dispuesto en el Nº 5, letra B), del artículo 6º del Código Tributario, contenido en el artículo 1º del D.L. Nº 830, de 1974; lo dispuesto en el artículo 9º y siguientes del D.F.L. Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; el artículo 3º y el Título IV de la Ley Sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, D.L. Nº 825, de 1974; el Título XIII del D.S. Nº 55 de Hacienda, de 1977, que contiene el Reglamento del D.L. Nº 825, de 1974; la Resolución Ex. SII Nº 42 de 30.04.2018 y la Resolución Ex. SII Nº 54 de 29.06.2018. 2. La presentación efectuada en Formulario 2117 por ENEL CHILE S.A. (RUT Nº 76.536.353-5), mediante la cual solicita que se le prorrogue o extienda el plazo para la implementación del cambio de sujeto establecido en la Resolución Ex. SII Nº 42, de 30.04.2018 y la Resolución Ex. SII Nº 54, de 29.06.2018. --- PRIMERO. Que, mediante Resolución Ex. SII Nº 42, de 30 de abril de 2018, este Servicio en uso de sus facultades, estableció el cambio de sujeto total de derecho para el cumplimiento de IVA, en aquellos casos de contribuyentes que reiteradamente presentan brechas de cumplimiento tributario asociadas a las obligaciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) o a la facturación electrónica, redefiniéndose los requisitos para obtener la calidad de agente retenedor y de contribuyente sujeto a retención. SEGUNDO. Que, el Resolutivo 3º de la resolución antes citada, creó los registros denominados: - "Nómina de Agentes Retenedores": listado de contribuyentes obligados a actuar como agentes retenedores. - "Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención": listado de contribuyentes cuyas operaciones gravadas con IVA estarán afectas al cambio de sujeto. TERCERO. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Resolutivo 4º de la Resolución Ex. SII Nº 42, se emitió la Resolución Ex. SII Nº 54 con fecha 29.06.2018, mediante la cual se fijaron las nóminas de agentes retenedores y de contribuyentes sujetos a retención. CUARTO. Que, las nóminas fijadas por la Resolución Ex. SII Nº 54, comenzaron a regir a contar del día 1 de agosto de 2018, hasta el último día hábil del mes de diciembre del presente año. QUINTO. Que, el contribuyente solicitante, en conocimiento de encontrarse incluido en la "Nómina de Agentes Retenedores", está obligado como agente retenedor a emitir facturas de compra a los contribuyentes que se encuentran en las nóminas de contribuyentes sujetos a retención y de difícil fiscalización. Por tal motivo, requiere se le prorrogue o amplíe el plazo para iniciar las retenciones de IVA a los contribuyentes retenidos en ambas nóminas ya mencionadas. Lo anterior se funda en dificultades técnicas que no han permitido ajustar y sincronizar todos sus sistemas informáticos internos, para que funcionen adecuadamente al momento de emitir una factura de compra. Esta situación le imposibilita realizar las retenciones a que está obligado desde el 1 de agosto del presente año, conforme a lo instruido por las resoluciones ya individualizadas. SEXTO. Que, este Servicio tiene por misión procurar que cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del cumplimiento. --- SE SUSPENDE la calidad de agente retenedor, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ex. SII Nº 42 de 30.04.2018 y Resolución Ex. SII Nº 54 de 29.06.2018, para ENEL CHILE S.A. (RUT Nº 76.536.353-5). Duración: La suspensión se mantiene hasta el último día hábil del mes de diciembre de 2018, excepcionalmente y por única vez, considerando los ajustes que deben realizar en sus sistemas contables conforme a lo

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