Resolución Exenta N° 118 de 2019

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Documento
Resolución Exenta N° 118 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
25-10-2019
Materia
Delegación de facultades en Directores Regionales SII para contrataciones directas de emergencia por daños a dependencias
Normas citadas
DFL7, art. 7; L18575, art. 3; L19886, art. 10; L19886, art. 8
Criterio
Delegar en los Directores Regionales del SII la facultad de aprobar contrataciones directas conforme a la Ley N° 19.886 para contrataciones que no superen 100 UTM, fundadas en causal de emergencia, dirigidas a reparar daños en dependencias del servicio ocasionados por hechos de público conocimiento.
| Aspecto | Detalle | |--------|---------| | Organismo | Servicio de Impuestos Internos – Subdirección de Administración, Departamento de Adquisiciones | | Fecha | 25 de octubre de 2019 | | Carátula | Complementa Resolución N° 37, de 2013 | | Firmante | Fernando Barraza Luengo, Director | --- - Lo dispuesto en el artículo 7°, letra o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero del DFL N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - La Ley N° 21.125, sobre Presupuesto para el Sector Público para el año 2019. - La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento. - Los Decretos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública: - N° 472, 473, 474 (19 de octubre de 2019) - N° 475, 476, 477, 478, 479, 482, 483, 484, 485 (20 de octubre de 2019) - N° 487, 488, 490 (21 de octubre de 2019) - La Resolución Exenta N° 1055, de 2010, sobre procedimientos para adquisiciones. - La Resolución Exenta N° 96, de 2013, que la modifica. - La Resolución N° 37, de 2013, ambas de la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos. - La Resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República. - Las necesidades del Servicio. --- PRIMERO. Que, como consecuencia de los hechos de público conocimiento, mediante Decretos N° 472, 473, 474, 475, 476, 477, 478, 479, 482, 483, 484, 485, 487, 488 y 490, dictados a esta fecha, todos de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se declaró estado de excepción constitucional de emergencia en las provincias y comunas que se indican, respectivamente. SEGUNDO. Que, en el contexto de estos sucesos, han resultado dañadas distintas Unidades del Servicio de Impuestos Internos, no solo en provincias o comunas consideradas en los Decretos señalados en el considerando anterior, por lo que se requiere con urgencia asegurar su continuidad operativa y resguardar la integridad de los funcionarios y contribuyentes, disponiéndose a la brevedad, la contratación de bienes y servicios necesarios para: - a) Resguardar la seguridad de los inmuebles siniestrados. - b) Realizar trabajos de limpieza y remoción de escombros y restauración de la seguridad de los inmuebles. - c) Efectuar obras de habilitación de los inmuebles. - d) Adquirir bienes muebles y equipamiento que permita retomar adecuadamente las labores. TERCERO. Que el artículo 8°, letra c) de la Ley N° 19.886 y el artículo 10, número 3 de su Reglamento, indican que procederá el trato o contratación directa: CUARTO. Que, solo para estos efectos, y con la finalidad de reanudar los servicios de manera eficaz y oportuna, se estima conveniente delegar en los Directores Regionales la facultad de aprobar las contrataciones vía trato o contratación directa que resulten necesarias en el marco de los hechos descritos en los párrafos precedentes. --- Complétese el número cuatro del resolutivo tercero de la Resolución N° 37 de 2013, en los siguientes términos: a) Autorizar la procedencia del trato o contratación directa. b) Aprobar, modificar y aclarar los términos de referencia. c) Suscribir y aprobar el contrato, cuando corresponda. d) Aprobar la emisión de órdenes de compra. e) Suscribir y aprobar las modificaciones, renovaciones, términos anticipados y finiquitos de contratos y órdenes de compra, así como cualquier otro documento que acceda a la operación principal. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE Fernando Barraza Luengo Director

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