Resolución Exenta N° 119 de 2023

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 119 de 2023, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
13-10-2023
Materia
Ajusta nómina de contribuyentes IVA sin domicilio afectos a cambio de sujeto para el período 2023
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 3; Ley del IVA (DL 825), art. 35; Ley del IVA (DL 825), art. 8; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
El SII excluye de la nómina de contribuyentes sin domicilio afectos a cambio de sujeto de IVA a aquellos identificados en el anexo, siendo la exclusión operativa desde el 1° de noviembre de 2023.
Subdirección de Fiscalización Departamento de Diseño de Procedimientos Santiago, 13 de octubre de 2023 --- Se invoca la potestad conferida en: - Artículo 6°, letra A) N° 1 y N° 3, y letra B) N° 5 del Código Tributario (Decreto Ley N° 830, de 1974) - Artículos 1°, 4° bis y 9° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de 1980, Ministerio de Hacienda) - Artículos 3° inciso séptimo, 8° letra n) y 35 A y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (Decreto Ley N° 825 de 1974) - Circular N° 42 de 2020 - Resoluciones Ex. SII N° 55 de 2020, N° 67 de 2020, N° 91 de 2020, N° 167 de 2020, N° 46 de 2022, N° 49 de 2022 y N° 120 de 2022 --- PRIMERO: Que el artículo 3° inciso séptimo de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS) establece que el Servicio de Impuestos Internos podrá disponer, mediante resolución fundada, que los emisores de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de pago con provisión de fondos u otros sistemas de pago análogos, retengan el total o una parte de los impuestos contemplados en dicha ley, respecto de todo o parte de las operaciones realizadas por prestadores domiciliados o residentes en el extranjero que no se hayan sujetado al régimen de tributación simplificada y que se solucionen por su intermedio. SEGUNDO: Que mediante la Resolución Ex. SII N° 46 de 2020 este Servicio dispuso el cambio total de sujeto de derecho de IVA y la calidad de agente retenedor del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los emisores de medios de pago, respecto de contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que no se han inscrito en el régimen de tributación simplificada, que presten los servicios a que se refiere la letra n) del artículo 8° de la LIVS, individualizados mediante resolución dictada por el Servicio de Impuestos Internos e incorporados en la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto". TERCERO: Que el resolutivo 6° de la Resolución Ex. SII N° 46 de 2022 establece el procedimiento de exclusión de contribuyentes, contemplando: - Solicitud a través de ivasd.chile@sii.cl - Acompañamiento de información y documentos que fundamenten la solicitud - Resolución favorable comunicada al mismo correo Calendario de operancia de exclusiones | Período de solicitud | Operancia de exclusión | Publicación en www.sii.cl | |:---|:---|:---| | 1° de enero a 31 de marzo | 1° de mayo | 15 de abril | | 1° de abril a 30 de junio | 1° de agosto | 15 de julio | | 1° de julio a 30 de septiembre | 1° de noviembre | 15 de octubre | | 1° de octubre a 31 de diciembre | 1° de febrero año entrante | 15 de enero | Las exclusiones también operan por determinación directa del Servicio de Impuestos Internos con base en información de su disposición, publicándose en www.sii.cl en las mismas fechas. Las incorporaciones a la nómina se publicarán en el sitio web del Servicio en fechas equivalentes, operando el recargo y retención de IVA por el agente retenedor a partir del primer día hábil del mes siguiente a tales publicaciones. CUARTO: Que por medio del resolutivo 9° de la Resolución Ex. SII N° 46 de 2022 se delegó en el Subdirector(a) de Fiscalización del Servicio de Impuestos Internos la facultad de incorporar o excluir a contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile de la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto". QUINTO: Que mediante la Resolución Ex. SII N° 102 de 2022 se fijó la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" rigiendo desde el 1° de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, ambas fechas inclusive, sin perjuicio de ajustes derivados de exclusiones e incorporaciones de contribuyentes, conforme al resolutivo 6° de la Resolución Ex. SII N° 46 de 2022. --- PRIMERO: Ajústase la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto", excluyendo a los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile individualizados en el Anexo de la presente resolución, el cual forma parte integrante de ella. SEGUNDO: La

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