Resolución Exenta N° 131 de 2019

Vigente

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Documento
Resolución Exenta N° 131 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
05-12-2019
Materia
Designa puntos de contacto para Red JITSIC de la OECD en materia de inteligencia tributaria compartida
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 6; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7; L18575, art. 41
Criterio
Designar al Subdirector de Fiscalización como Single Point of Contact (SPOC) y al Jefe de Área de Fiscalización Internacional como Shadow Contact para coordinar las interacciones con la Red JITSIC de la OECD en materia de inteligencia tributaria compartida y colaboración en evasión fiscal transfronteriza.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos (SII) Fecha: 5 de diciembre de 2019 Materia: Designa puntos de contacto para efectos que indica Lugar: Santiago --- - Artículo 7°, letras b bis, c), i), j) y q) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del DFL N° 7, de 1980, de Hacienda. - Número 3 de la letra A) del artículo 6° del Código Tributario. - Artículo 41 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - Decreto Supremo N° 144 del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico y sus protocolos suplementarios números 1 y 2, y el Acuerdo con la Organización para el Desarrollo Económico sobre privilegios, inmunidades y facilidades otorgados a la Organización. - Resolución Exenta SII N° 64, de 6 de julio de 2016, modificada por Resolución Exenta SII N° 9, de 2018, que reorganiza las unidades que conforman el Departamento Subdirección de Fiscalización y ámbito de competencia de las unidades que lo conforman. - Oficio Circular N° 18, de 5 de septiembre de 2013, que imparte instrucciones en materia de intercambio de información en el marco de lo dispuesto en convenios internacionales vigentes en Chile. - Resolución N° 06, de 2019, de la Contraloría General de la República. - Las necesidades del Servicio. --- PRIMERO Que Chile forma parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Organisation for Economic Co-operation and Development – OECD). SEGUNDO Que el Servicio de Impuestos Internos ha mantenido una activa participación en el trabajo que la OECD desarrolla en el marco de los distintos Comités y Grupos de Expertos, particularmente en el Comité de Asuntos Fiscales (Committee on Fiscal Affairs – CFA). TERCERO Que en junio de 1997, el CFA creó el Foro de Administraciones Tributarias (Forum on Tax Administrations – FTA), reconociendo la necesidad de contar con un foro en el cual oficiales pudieran intercambiar experiencias para abordar desafíos estratégicos presentes y futuros para las Administraciones Tributarias en un ambiente de rápido cambio y globalización. CUARTO Que en la reunión del FTA de octubre de 2014, y basados en un proyecto que se inició en 2004 por ciertos países de forma exitosa, se acordó el desarrollo de una plataforma internacional denominada finalmente como Fuerza de Trabajo Internacional Conjunta sobre Inteligencia Compartida y Colaboración (Joint International Task force on Shared Intelligence and Collaboration - JITSIC), enfocado primeramente en la evasión fiscal transfronteriza y luego ampliándose al intercambio de información y colaboración en áreas de preocupación común. QUINTO Que para efectos de poder actuar en la referida plataforma, las administraciones tributarias que son miembros deben designar a un "Punto Único de Contacto" (Single Point of Contact - SPOC) con la responsabilidad de coordinar las interacciones con la Red JITSIC, y un Segundo Punto de Contacto (Shadow Contact) que apoye en las labores del SPOC. --- PRIMERO Aquel funcionario de este Servicio que ocupe el cargo de Subdirector de Fiscalización, sea en calidad de titular o subrogante, actuará como representante autorizado para los efectos de las labores de la Red JITSIC señalados en el considerando quinto anterior, y tendrá, por tanto, la calidad de "Single Point of Contact (SPOC)". SEGUNDO Aquel funcionario que ocupe el cargo de Jefe de Área de Fiscalización Internacional del Departamento de Análisis Selectivo del Cumplimiento Tributario de la Subdirección de Fiscalización, sea titular o subrogante, actuará en calidad de "Shadow Contact", y deberá apoyar las labores del SPOC. TERCERO La presente resolución entrará en vigencia a contar de su publicación, en extracto, en el Diario Oficial. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO Fernando Barraza Luengo Director

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