Resolución Exenta N° 132 de 2024

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 132 de 2024, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
26-12-2024
Materia
Fijación de nóminas de agentes retenedores y contribuyentes sujetos a retención para cambio de sujeto en IVA
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 2; Ley del IVA (DL 825), art. 3; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 88
Criterio
Fija las Nóminas de Agentes Retenedores y de Contribuyentes Sujetos a Retención para el cambio de sujeto total en IVA, vigentes desde el 01 de enero de 2025 hasta el último día hábil de junio de 2025. Los contribuyentes permanecerán en la nómina hasta regularizar las brechas de cumplimiento que originaron su ingreso, prorrogándose por períodos de 6 meses si persisten los incumplimientos.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Resolución EX. SII N° 132, de 26 de diciembre de 2024 Materia: Fija Nóminas de Agentes Retenedores y de Contribuyentes Sujetos a Retención --- Se citan las facultades conferidas en: - Artículos 1°, 4° bis y letra b) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (D.F.L. N° 7 de 1980, Ministerio de Hacienda) - Artículo 6°, letra A, N° 1 y 88 del Código Tributario (Decreto Ley N° 830 de 1974, Ministerio de Hacienda) - Artículos 2°, 3° y 8° y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (D.L. N° 825 de 1974, Ministerio de Hacienda) - Normas del Título XIII del D.S. N° 55 de 1977, Reglamento de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (Ministerio de Hacienda) - Resolución EX. SII N° 42, de 30 de abril de 2018 --- PRIMERO. Que, según lo previsto en los artículos 2°, números 3° y 4°), 3° e inciso tercero del artículo 3° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, el sujeto pasivo de derecho del IVA es el vendedor o prestador de servicios. No obstante, la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos puede determinar, mediante normas generales, que dicho tributo afecte al adquirente. SEGUNDO. Que, mediante Resolución EX. SII N° 42, de 30 de abril de 2018, se estableció el cambio de sujeto total de derecho para el cumplimiento de IVA. TERCERO. Que, el Servicio de Impuestos Internos tiene por misión procurar que cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del cumplimiento. CUARTO. Que, el Resolutivo N° 3 de la Resolución EX. SII N° 42, de 30 de abril de 2018, creó dos registros: - Nómina de Agentes Retenedores: listado de contribuyentes obligados a actuar como agentes retenedores. - Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención: listado de contribuyentes cuyas operaciones gravadas con IVA están afectas al cambio de sujeto. QUINTO. Que, de conformidad con el Resolutivo N° 4 de la resolución antes citada, corresponde publicar las Nóminas de Contribuyentes Sujetos a Retención y de Agentes Retenedores el último día hábil de junio y diciembre de cada año. SEXTO. Que, la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención podrá conformarse, entre otros, por aquellos contribuyentes que se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el Resolutivo N° 3 de la Resolución EX. SII N° 42 de 2018. SÉPTIMO. Que, este Servicio, analizando las adquisiciones gravadas con IVA efectuadas por el total de contribuyentes y, dentro de ellas, las ventas y servicios que los contribuyentes sujetos a retención celebran con sus principales compradores, ha determinado cuáles de ellos serán incorporados a la Nómina de Agentes Retenedores, entendiendo por tales aquellos que sean designados por el Servicio y que sean parte del segmento medianas y grandes empresas, según la Resolución EX. SII N° 76, de 23 de agosto de 2017. --- PRIMERO. FÍJASE la Nómina de Agentes Retenedores del cambio de sujeto total para el cumplimiento del IVA, conforme a listado que se incorpora a la Nómina de Agentes Retenedores ya existente en el sitio web de este Servicio. SEGUNDO. FÍJASE la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención del cambio de sujeto total para el cumplimiento del IVA, conforme a listado que se incorpora a la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención, que se encontrará disponible en el sitio web de este Servicio. La permanencia en la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención se extenderá hasta el último día hábil del mes de junio de 2025. Transcurrido ese plazo, el contribuyente retenido será excluido de la nómina, siempre que haya solucionado las brechas de cumplimiento que originaron su ingreso. Si el contribuyente aún las mantiene o incurre en nuevas, deberá permanecer 6 meses más en la citada nómina y, así sucesivamente, hasta que regularice su situación. TERCERO. Los contribuyentes incorporados

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