Resolución Exenta N° 139 de 2019

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 139 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
19-12-2019
Materia
Autorización para operar bajo modelo de contabilidad electrónica a contribuyentes específicos
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 1; Código Tributario (DL 830), art. 17; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Autorizar a contribuyentes específicos para proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica a partir del año 2019, ya sea utilizando Códigos de Autorización de Libros (CAL) propios o mediante endoso de contribuyentes autorizados. Los contribuyentes deben cumplir con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 150, de 2005, modificada por la Resolución Exenta N° 86, del 07.09.2017, y haber efectuado las pruebas requeridas.
Institución: Subdirección de Asistencia al Contribuyente, Departamento de Operaciones, SII Fecha: 19 de diciembre de 2019 Materia: Autorización para proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica --- - Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), N° 1 y artículo 17 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; - La Resolución Exenta N° 150, de 29.12.2005, que establece normas y procedimientos de operación de la Contabilidad Electrónica, modificada por la Resolución Exenta N° 86, del 07.09.2017; - La Resolución Exenta N° 126, de 30.12.2014, de carácter delegatoria. --- 1° Que en la Resolución Exenta SII N° 126, del 30.12.2014, se ha delegado en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de Contabilidad Electrónica. 2° Que, analizados los casos de los contribuyentes que se señalan en los resolutivos primero y segundo de la presente Resolución, se determinó que cumplen con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 150, de 2005, modificada por la Resolución Exenta N° 86, del 07.09.2017, y han efectuado las pruebas requeridas para acogerse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica. 3° Que los contribuyentes listados en el Resolutivo segundo cumplen asimismo con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 150, de 2005, modificada por la Resolución Exenta N° 86, del 07.09.2017, y declaran contar con Códigos de Autorización de Libros (en adelante CAL) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por un contribuyente autorizado. --- AUTORÍZASE a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2019, utilizando CAL propio, a los siguientes contribuyentes: | Nombre | RUT | |---|---| | ANPAC SPA. | 76.368.111-4 | | CARTULINAS CMPC S.A. | 96.731.890-6 | | CHILENA DE MOLDEADOS S.A. (CHIMOLSA) | 93.658.000-9 | | COLGRAM S.A. | 76.568.680-6 | | INTERCARRY LOGISTICA LTDA. | 76.364.688-2 | | MELON S.A. | 76.109.779-2 | | SOCIEDAD ONCOVIDA S.A. | 99.598.070-3 | | SOLVENTA CREDITOS LTDA. | 76.310.061-8 | | SOLVENTA SERVICIOS FINANCIEROS S.A. | 78.138.470-4 | | TRANSPORTES MARANON SPA. | 76.450.211-6 | Se otorgará además a los contribuyentes RUT 76.568.680-6 Códigos de Autorización de Libros (CAL) tipo 2, para los libros Diario, Mayor y Balance, los que podrán ser endosados a otros contribuyentes que utilicen el software distribuido por él. --- AUTORÍZASE a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2019, a través del endoso de ACEPTA, RUT N° 96.919.050-8, a los siguientes contribuyentes: | Nombre | RUT | |---|---| | CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES | 81.826.800-9 | | CORPORACION CHILENA DE LA MADERA A.G. | 82.899.100-0 | | SERVICIOS FORESTALES Y DE EXPOSICIONES S.A. | 96.812.850-7 | | SERVICIOS VALLE CENTRAL LTDA. | 76.509.630-8 | AUTORÍZASE a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2019, a través del endoso de BLUELINE TECHNOLOGY SPA, RUT N° 76.156.362-9, a los siguientes contribuyentes: | Nombre | RUT | |---|---| | ATLANTIC S.A. | 76.081.221-8 | | BLUMAQ CHILE S.A. | 96.929.950-K | | COMERCIAL ATLANTIC S.A. | 76.605.110-3 | | COMERCIAL WENDY'S CHILE LTDA. | 76.306.594-4 | | COMERCIALIZADORA FARO SPA. | 76.839.885-2 | | FINANCO S.A. | 91.711.000-K | | FLESAD CHILE SPA. | 77.050.443-0 | | INVERSIONES DON EMILIO SPA. | 76.549.852-K | | KIDS & BABYS SPA. | 76.248.514-1 | | QUASAR PUBLICIDAD DIGITAL LTDA. | 76.105.143-1 | | SERVICIOS PUBLICITARIOS FLESAD SPA. | 76.070.080-0 | | SERVICIOS Y PROMOCIONES TEXTILES LTDA. | 77.235.750-8 | | TANNER FINANZAS CORPORATIVAS LTDA. | 76.029.825-5 | | VF COMERCIALIZADORA LTDA. | 96.820.180-8 | | VINA DEL PEDREGAL S.A. | 96.554.560-3 | AUTORÍZASE a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2019, a

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