Resolución Exenta N° 170 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 170 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
27-11-2025
Materia
Autorización excepcional para emisión de guías de despacho electrónicas con glosa general en traslados de mercadería entre bodegas de MercadoLibre Chile Ltda.
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 55; Ley del IVA (DL 825), art. 56; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Se autoriza excepcionalmente a MercadoLibre Chile Ltda. para emitir guías de despacho electrónicas con glosa general en traslados masivos de inventario entre bodegas hacia nuevo centro de distribución, desde 10 de octubre hasta 31 de diciembre de 2025, con control alternativo mediante Comprobantes de Expedición. La autorización es estrictamente acotada al evento específico y no constituye precedente para futuras operaciones.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Asistencia al Contribuyente – Departamento Ciclo de Vida Fecha: 27 de noviembre de 2025 Materia: Autorización excepcional para emisión de guías de despacho electrónicas con glosa general --- | Concepto | Detalle | |---|---| | RUT Contribuyente | MercadoLibre Chile Limitada (77.398.220-1) | | Asunto | Autorización excepcional para emisión de guías de despacho electrónicas con glosa general | | Operación | Traslados de mercadería entre bodegas (Región Metropolitana a Concepción) | --- - Lo dispuesto en el artículo 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974. - Los artículos 54 y 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el artículo 1° del D.L. N° 825, de 1974. - La solicitud presentada por MercadoLibre Chile Limitada solicitando autorización excepcional para emitir guías de despacho electrónicas con glosa general durante el traslado masivo de aproximadamente 70.000 unidades de inventario entre sus bodegas ubicadas en Colina, Región Metropolitana, y el nuevo centro de distribución en Concepción, Región del Biobío. - Se solicita que las guías de despacho electrónicas se emitan con la siguiente glosa general: "Transporte de mercadería propia y de terceros entre bodegas, según consta en anexo adjunto" en lugar del detalle individual de la carga. - La operación estará acompañada de un "Comprobante de Expedición" (anexo) que contiene información de trazabilidad logística. --- PRIMERO. Que el artículo 55°, inciso final, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios establece que: SEGUNDO. Que el artículo 56° de la misma ley faculta al Director Nacional para autorizar el uso de documentos tributarios que no reúnan los requisitos exigidos por la normativa, cuando se cumplan las siguientes condiciones: - Por la modalidad de comercialización o prestación de servicios, la emisión de documentos por cada operación pueda dificultar o entrabar las actividades que desarrollan; y - Se resguarden debidamente los intereses fiscales. TERCERO. Que este Servicio, mediante Oficio Ordinario N° 2058 de fecha 26 de julio de 2023, ya reconoció el modelo de negocio marketplace de la consultante y autorizó el traslado de mercadería de consignantes entre bodegas con emisión de guía de despacho electrónica "por cuenta y orden del vendedor". CUARTO. Que la solicitud presentada se refiere específicamente a un traslado masivo de aproximadamente 70.000 unidades de inventario desde las bodegas actuales en la Región Metropolitana hasta el nuevo centro de distribución "CLBBP01" en la ciudad de Concepción, operación que se iniciará el 29 de septiembre de 2025. QUINTO. Que la consultante ha fundamentado adecuadamente razones de seguridad y confidencialidad comercial que justifican evitar la exposición del detalle específico de la carga en las guías de despacho. SEXTO. Que se ha propuesto un sistema de control alternativo mediante "Comprobantes de Expedición" que contienen información detallada de trazabilidad logística, incluyendo: - ID del comprobante - Operación - Fechas - Transportista - Vehículo - Operador - Precintos de seguridad - Destino Estos comprobantes serán puestos a disposición del Servicio de Impuestos Internos para los fines de fiscalización que estime pertinentes. --- PRIMERO. AUTORÍZASE de manera excepcional a MercadoLibre Chile Limitada, RUT 77.398.220-1, para emitir guía de despacho electrónica con glosa general en el detalle de mercaderías únicamente para los traslados relacionados con la apertura del centro de distribución "CLBBP01" en la ciudad de Concepción. SEGUNDO. Esta autorización tendrá vigencia exclusivamente desde el 10 de octubre de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 y se limitará únicamente a: - Los traslados desde las bodegas actuales de la empresa hacia el nuevo centro de distribución; y - Eventuales retornos asociados a dicha operación. TERCERO. Las guías de despacho electrónicas autorizadas debe

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