Resolución Exenta N° 175 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 175 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
04-12-2025
Materia
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Policía de Investigaciones y SII
Normas citadas
18575, art. 5; 19628, art. 20; 19628, art. 4-16; 20575, art. 2; CPP, art. 182; Código Tributario (DL 830), art. 35; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Se aprueba el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la PDI y el SII para facilitar el intercambio de información dentro del marco de sus competencias, conforme a los principios de coordinación administrativa y protección de la vida privada. Las partes se conectarán mediante redes del Estado y los detalles específicos se detallarán en anexos que se incorporarán como parte integrante del convenio.
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Policía de Investigaciones y el Servicio de Impuestos Internos Emisor: Servicio de Impuestos Internos | Subdirección de Asistencia al Contribuyente | Referencia: GE00350550 | Santiago, 04 de diciembre de 2025 --- - Artículos 1° y letra o) del 7°, ambos de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. - Artículo 2 de la Ley N° 20.575. - Artículo 35 del Código Tributario. --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos otorga al Director la atribución de ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio. SEGUNDO. Que la Policía de Investigaciones de Chile, de acuerdo al Decreto Ley N° 2.460, de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba su Ley Orgánica, es una institución policial de carácter profesional, técnico y científico integrante de las fuerzas de Orden y Seguridad Pública, cuya misión fundamental es investigar los delitos de conformidad a las instrucciones que al efecto dicte el Ministerio Público, sin perjuicio de las actuaciones que en virtud de la ley le corresponde realizar sin mediar instrucciones particulares de los fiscales, así como las órdenes emanadas de las autoridades judiciales. TERCERO. Que, en virtud de lo anterior, y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Policía de Investigaciones han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 01 de diciembre de 2025, destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- Apruébase Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Policía de Investigaciones y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 01 de diciembre de 2025, cuyo texto es el siguiente: --- En Santiago, a 01 de diciembre de 2025, entre: - Servicio de Impuestos Internos, RUT 60.803.000-K, en adelante indistintamente denominado el "SERVICIO", representado por su Directora (S), doña Carolina Saravia Morales, cédula de identidad N° 10.325.935-5, con domicilio en Teatinos N° 120, Santiago. - Policía de Investigaciones de Chile, RUT 60.506.000-K, en adelante indistintamente denominada "la PDI", representada por su Director General, don Eduardo Cerna Lozano, cédula de identidad N° 11.352.499-5, con domicilio en General Mackenna N° 1314, Santiago. Se ha convenido lo siguiente: --- La Policía de Investigaciones de Chile, de acuerdo al Decreto Ley N° 2.460, de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba su Ley Orgánica, es una institución policial de carácter profesional, técnico y científico integrante de las fuerzas de Orden y Seguridad Pública, cuya misión fundamental es investigar los delitos de conformidad a las instrucciones que al efecto dicte el Ministerio Público, sin perjuicio de las actuaciones que en virtud de la ley le corresponde realizar sin mediar instrucciones particula

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