Resolución Exenta N° 18 de 2017

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 18 de 2017, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
08-02-2017
Materia
Aprueba convenio de colaboración mutua entre SII y Fundación Instituto Profesional DUOC UC para educación fiscal y tributaria
Normas citadas
DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Aprueba el Convenio de Colaboración Mutua entre el SII y Fundación Instituto Profesional DUOC UC para desarrollar conjuntamente acciones de educación fiscal y tributaria, estimulando el conocimiento y práctica de un comportamiento tributario responsable e información cívica. El Director del SII, en ejercicio de sus facultades legales de administración y celebración de actos y contratos, autoriza la suscripción del convenio celebrado el 24 de marzo de 2016.
Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Asistencia al Contribuyente --- Materia: Aprobación de Convenio de Colaboración Mutua entre el Servicio de Impuestos Internos y Fundación Instituto Profesional DUOC UC Fecha: 8 de febrero de 2017 --- Las facultades que confieren los artículos 1° y 7° letras h) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. Nº 7 de Hacienda, de 30 de septiembre de 1980; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y Resolución N° 1600/2008 de la Contraloría General de la República. --- Primero: Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Segundo: Que el Director tiene la facultad de administración y celebración de actos y contratos en representación del Servicio, según lo dispuesto en las letras h) y o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. Tercero: Que se ha acordado la firma del presente Convenio de Colaboración Mutua, con el objeto de desarrollar conjuntamente acciones destinadas a: - Estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria - Fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente - Fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil Cuarto: Que, en virtud de lo anterior y en cumplimiento de sus funciones en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, el Servicio de Impuestos Internos y la Fundación Instituto Profesional DUOC UC han acordado suscribir un convenio de colaboración mutua. --- Apruébese el CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA ENTRE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y FUNDACIÓN INSTITUTO PROFESIONAL DUOC UC, celebrado el 24 de marzo de 2016, cuyo texto íntegro es el siguiente: --- Entre: Servicio de Impuestos Internos y Fundación Instituto Profesional DUOC UC Lugar y Fecha: Santiago, 24 de marzo de 2016 --- | Antecedente | Detalle | |---|---| | Entidad | Servicio de Impuestos Internos | | RUT | 60.803.000-K | | Representante | Fernando Barraza Luengo | | RUT del Representante | 9.403.994-0 | | Domicilio | Teatinos N° 120, Comuna de Santiago | | Designación en el Convenio | "SII" | | Antecedente | Detalle | |---|---| | Entidad | Fundación Instituto Profesional DUOC UC | | RUT | 72.754.700-2 | | Representantes | Don Velko Petric Cabrales, ingeniero civil industrial, RUT 8.961.184-9<br>Don Ricardo Paredes Molina, ingeniero comercial, RUT 7.180.544-1 | | Domicilio | Avenida Eliodoro Yáñez N° 1.595, Comuna de Providencia, Santiago | | Designación en el Convenio | "DUOC UC" | --- Las entidades acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración Mutua para desarrollar conjuntamente acciones destinadas a: - Estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria - Fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente - Fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil Para efectos de este Convenio, toda referencia a los términos "ámbito fiscal" o "temas fiscales" comprenderá aquellas materias relacionadas con la competencia del Servicio de Impuestos Internos, esto es, impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. --- Este Convenio se ejecutará a través de las siguientes actividades: Considera la elaboración conjunta de contenidos y material para formación e información en el ámbito fiscal y tributario, en distintos medios (impreso, audiovisual, etc.) para difundir por ambas instituciones. Responsa

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