Resolución Exenta N° 18 de 2022

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 18 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
22-02-2022
Materia
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Servicio Nacional de Geología y Minería y SII
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35; DFL7, art. 1; DL3525, art. 1; DL3525, art. 2; L18575, art. 5; L19628, art. 20; L20285, art. 1; L21180, art. 1
Criterio
Se aprueba convenio de intercambio de información entre SII y SERNAGEOMIN para colaboración institucional y coordinación en áreas de interés común, basado en principios de colaboración interorgánica y protección de datos. La información será utilizada exclusivamente dentro del marco de competencias legales de cada institución, con obligación de confidencialidad y restricción de acceso a funcionarios autorizados.
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio Nacional de Geología y Minería y el Servicio de Impuestos Internos --- Emisor: Servicio de Impuestos Internos (SII) Resolución: EX. SII N° 18 Fecha: Santiago, 22 de febrero de 2022 Subdirección: Gestión Estratégica y Estudios Tributarios Referencia: GE00198028 --- Lo dispuesto en: - Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública - Artículo 1°, numeral 6, último párrafo de la Ley 21.180 sobre Transformación Digital del Estado - Artículos 1° y 2° del Decreto Ley N° 3.525, de 1980 - Artículo 35 del Código Tributario --- PRIMERO: Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO: Que, a su vez, el Servicio Nacional de Geología y Minería, entre otras funciones, tiene por objeto servir de asesor técnico especializado del Ministerio de Minería en materias relacionadas con la Geología y Minería y desempeñar las funciones que se indican en el artículo 2° de dicho Decreto Ley. TERCERO: Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos consagrado en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, así como del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y el Servicio Nacional de Geología y Minería han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 18 de febrero de 2022, destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, y al desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- Apruébase Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Servicio Nacional de Geología y Minería y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 18 de febrero de 2022, cuyo texto es el siguiente: --- Celebrado en Santiago, a 18 de febrero de 2022 --- Servicio de Impuestos Internos - RUT: 60.803.000-K - Director: Fernando Barraza Luengo - Cédula de Identidad: 9.403.994-0 - Domicilio: Teatinos N° 120, Santiago - Denominación: "SERVICIO" Servicio Nacional de Geología y Minería - RUT: 61.702.000-9 - Director Nacional: Alfonso Domeyko Letelier - Cédula de Identidad: 10.675.751-8 - Domicilio: Avenida Santa María N° 0104, comuna de Providencia - Denominación: "SERNAGEOMIN" --- Se ha convenido lo siguiente: --- PRIMERA: De acuerdo al artículo 1° del Decreto Ley N° 3.525 de 1980, que crea el SERNAGEOMIN, dispone que será objeto del Servicio servir de asesor técnico especializado del Ministerio de Minería en materias relacionadas con la Geología y Minería y desempeñar las funciones que se indican en el artículo 2° de dicho Decreto Ley. SEGUNDA: De acuerdo al artículo 1° de su Ley Orgánica, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de Hacienda de fecha 30 de septiembre de 1980, al SERVICIO le corresponde la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. En razón de dicho objeto, ob

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