Resolución Exenta N° 185 de 2025

Vigente

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Documento
Resolución Exenta N° 185 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
15-12-2025
Materia
Delegación de facultad de representación ante Dirección del Trabajo y SEREMI Salud en materias de seguridad y salud laboral
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 6; DFL7, art. 7; Ley 16.744, art. 76; Ley 18.575, art. 2, 3, 31, 36, 41; Ley 19.345, art. 1; Ley 20.285, art. 7
Criterio
Delegar en el Subdirector de Desarrollo de Personas la facultad de representar al SII ante la Dirección del Trabajo y Secretaría Regional Ministerial de Salud en materias de seguridad y salud laboral, cumpliendo requerimientos de información, citaciones y declaraciones en procesos de fiscalización. La delegación responde a la necesidad de cumplir eficientemente con obligaciones de informar sobre accidentes de trabajo graves o fatales conforme a la Ley 16.744.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Materia: Delegación de facultad de representación ante organismos fiscalizadores Fecha: 15 de diciembre de 2025 --- - Artículos 7, letras e), i) y j) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el DFL Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda - Artículo 6, letra A, Nº 3, del Código Tributario - Artículos 2º, 3º, 31, 36 y 41 de la Ley 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Decreto Nº 44, de 2024, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba nuevo Reglamento sobre gestión preventiva de los riesgos laborales para un entorno de trabajo seguro y saludable - Resolución Exenta Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República --- PRIMERO. Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, el Director está facultado para representar al Servicio en todos los asuntos, incluidos recursos judiciales en que la ley le asigna la calidad de parte, y los recursos extraordinarios que se interpongan en contra del mismo Servicio con motivo de actuaciones administrativas o jurisdiccionales; así como autorizar a los Subdirectores, Directores Regionales o a otros funcionarios para resolver sobre determinadas materias o para hacer uso de algunas de sus atribuciones, actuando por "Orden del Director", sin otras limitaciones que las que determine el propio Director. SEGUNDO. Que, por su parte, el artículo 41 de la Ley 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado, autoriza a delegar las atribuciones y facultades conferidas a este Director, de manera parcial y para materias específicas. TERCERO. Que, como entidad que forma parte de la Administración del Estado, el Servicio tiene la calidad de empleador y se encuentra sometido a la fiscalización de los organismos facultados por la ley para cumplir tales fines, como la Dirección del Trabajo y las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, en materia de seguridad y salud laboral de todos sus funcionarios. CUARTO. Que el inciso primero del artículo 1º de la Ley Nº 19.345 establece que los trabajadores de la Administración Civil del Estado centralizada y descentralizada, de las municipalidades, y de las demás instituciones que ahí se mencionan, quedarán sujetos al seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales a que se refiere la Ley Nº 16.744. QUINTO. Que el inciso cuarto del artículo 76 de la Ley Nº 16.744 dispone que: SEXTO. Que, con el fin de cumplir adecuadamente y de manera más eficiente los requerimientos y entrega de información que efectúan los organismos fiscalizadores mencionados, se estima necesario delegar en la autoridad que se indicará, la facultad de representar al Servicio de Impuestos Internos ante los organismos y en las materias que se indicarán, y ante la ocurrencia (o sospecha) de accidentes de trabajo graves o fatales, conforme a las necesidades del Servicio. --- PRIMERO. Delégase en el Subdirector de Desarrollo de Personas la facultad de representar al Servicio ante la Dirección del Trabajo y ante la Secretaría Regional Ministerial de Salud, en todo lo que sea necesario para dar cumplimiento a requerimientos de información, citaciones, declaraciones y otros trámites que se dispongan por los organismos mencionados, incluido el ser notificado de nuevos requerimientos o resoluciones que se dicten en los procesos de fiscalización respectivos, en lo relacionado con las materias de seguridad y salud laboral de los funcionarios del Servicio. SEGUNDO. Una vez tramitada, publíquese la presente resolución exenta en el portal web del Servicio de Impuestos Internos, en el banner "Gobierno Transparente", al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 7º de la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública y artículo 51 de su Reglamento. --- Anótese, comuníquese y publíquese en el portal de Gobierno Transparente.

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