Resolución Exenta N° 19 de 2015

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 19 de 2015, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
09-03-2015
Materia
Plazo para presentación de Declaraciones Juradas formularios 1851, 1852 y 1853 año tributario 2015
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 34; Código Tributario (DL 830), art. 35; Código Tributario (DL 830), art. 6; Código Tributario (DL 830), art. 60; Código Tributario (DL 830), art. 85; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Se fija nuevo plazo para el año tributario 2015 hasta el 30 de junio de 2015 para presentar las Declaraciones Juradas Formularios 1851, 1852 y 1853 respecto de operaciones del año comercial 2014. Esta prórroga se otorga por razones de buen servicio y en uso de las facultades de la Dirección del SII.
Servicio de Impuestos Internos 9 de marzo de 2015 --- Las facultades contempladas en: - Artículos 1° y 7° del D.F.L. N° 7 de 1980 del Ministerio de Hacienda, que contiene la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos - N° 1, letra A) del artículo 6°, así como artículos 34, 35, 60 y 85 inciso 2° del Código Tributario --- PRIMERO. Que la Resolución Exenta SII N° 16 de 3 de marzo de 2015 reemplaza los formatos e instrucciones de las declaraciones juradas Formularios N°s 1851, 1852 y 1853, y modifica la obligación de presentar dichas declaraciones. SEGUNDO. Que la instrucción descrita precedentemente dispone que el plazo para presentar las declaraciones juradas individualizadas es el 19 de marzo de cada año, respecto de las operaciones llevadas a cabo el año comercial inmediatamente anterior. TERCERO. Que, en uso de las facultades de esta Dirección y por razones de buen servicio, se ha estimado necesario fijar para el año tributario 2015 una nueva fecha para fines de la presentación de las Declaraciones Juradas descritas precedentemente, por parte de los contribuyentes. --- PRIMERO. Fíjase para el año tributario 2015 un nuevo plazo para informar ante el Servicio de Impuestos Internos en los términos establecidos en las instrucciones de las declaraciones anuales: | Formulario | Denominación | |:---:|---| | N° 1851 | Declaración Jurada Anual sobre Inversiones y Rentas en el Exterior | | N° 1852 | Declaración Jurada Anual sobre Agencias o Establecimientos Permanentes en el Exterior | | N° 1853 | Declaración Jurada Anual sobre Rentas de Fuente Extranjera | SEGUNDO. Los contribuyentes que deban informar en el año tributario 2015 por las operaciones realizadas el año comercial 2014 tendrán plazo hasta el 30 de junio de 2015 para presentar las Declaraciones Juradas mediante los Formularios N°s 1851, 1852 y 1853, según los formatos e instrucciones dispuestos por la Resolución Exenta N° 16 de 2015. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO. Michel Jorratt de Luis Director

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA