Resolución Exenta N° 190 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 190 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
19-12-2025
Materia
Modificación de estructura organizacional de la Subdirección de Administración SII
Normas citadas
DFL7, art. 3; DFL7, art. 7
Criterio
El SII modificó la estructura del Departamento de Adquisiciones de la Subdirección de Administración, reemplazando el Área de Licitaciones y Contratos por el Área de Análisis y Gestión de la Información, y fusionó el Área de Análisis del Departamento de Finanzas con el Área de Tesorería para reflejar adecuadamente las funciones que cumplen estas unidades.
RESOLUCIÓN EXENTA SII N° 190 Emisor: Servicio de Impuestos Internos Número: 190 Fecha: 19 de diciembre de 2025 Lugar: Santiago Materia: Modifica Resolución Exenta N° 66 de 2016 --- - Lo dispuesto en el artículo 3° y en las letras c), h), ñ) y o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda. - La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - Las Resoluciones Exentas del Servicio de Impuestos Internos números: - N° 7.590, de 1999 - N° 1.055, de 2010 - N° 96, de 2013 - N° 66, de 2016 - N° 146, de 2020 - La Resolución N° 36, de 2024 de la Contraloría General de la República. - Las necesidades del Servicio. --- PRIMERO. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio, la Dirección Nacional estará constituida por los Departamentos, Subdirecciones y Departamentos que establezca el Director con sujeción a la planta de personal del Servicio. SEGUNDO. Que, de acuerdo con lo dispuesto en las letras c) y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, al Director corresponde organizar, dirigir, planificar y coordinar el funcionamiento del Servicio, dictar las órdenes que estime necesarias o convenientes para la más expedita marcha del mismo, pudiendo además fijar y modificar la organización interna de las unidades del Servicio, cambiando sus dependencias, atribuciones y obligaciones. TERCERO. Que la Resolución Exenta N° 66 de 2016 reorganizó las Unidades que conforman el Departamento Subdirección de Administración y estableció los ámbitos de competencia que la conforman. En este sentido, el resolutivo primero de dicho acto administrativo establece que el Departamento Subdirección de Administración está conformado por: - Departamento de Adquisiciones - Departamento de Finanzas - Departamento de Infraestructura - Oficina de Servicios - Oficina de Presupuesto CUARTO. Que asimismo, el resolutivo tercero de dicha Resolución dispone que el Departamento de Adquisiciones está constituido por: - Área de Licitaciones y Contratos - Área de Compras Tecnológicas - Área de Compras Operativas Y el resolutivo cuarto dispone que el Departamento de Finanzas está constituido por: - Área de Contabilidad - Área de Remuneraciones - Área de Tesorería - Área de Análisis QUINTO. Que es necesario velar por la eficiencia, calidad, oportunidad y confiabilidad de la prestación de servicios financieros contables y presupuestarios, así como las de gestión de compras, de gestión de activos y de documentos, de acuerdo a procesos planificados y a la normativa que los regula, esto es, contribuir a la fluidez y expedición de los procesos propios y de los que los vinculen a otros organismos e instituciones con las cuales le corresponde interactuar y relacionarse, para obtener un mejor resultado de los objetivos institucionales. SEXTO. Que, dado lo anterior, es necesario modificar el nombre de una de las áreas del Departamento de Adquisiciones y fusionar el área de Análisis con el área de Tesorería del Departamento de Finanzas, ambas del Departamento Subdirección de Administración, a fin de reflejar de manera adecuada las labores que realizan las mismas. --- PRIMERO. SUSTITÚYESE el párrafo segundo del resolutivo Tercero de la Resolución Exenta N° 66, de 6 de julio de 2016, por el siguiente: SEGUNDO. SUSTITÚYESE el párrafo segundo del resolutivo Cuarto de la Resolución Exenta N° 66, de 6 de julio de 2016, por el siguiente: TERCERO. Cualquier asignación de funciones, o delegación de facultades que aluda a las áreas de "Licitaciones y Contratos" y "Análisis" contenidas en resoluciones e instrucciones anteriores, deberán entenderse referidas a las áreas de "Análisis y Gestión de la Información" y "Tesorería" respectivamente. CUARTO. La presente resolución regirá a contar de la fecha de su publicación, en extracto, en el Diario Oficial. --- ANÓTESE, C

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