Resolución Exenta N° 2 de 2022

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 2 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
03-01-2022
Materia
Aprueba convenio de colaboración mutua entre Servicio de Impuestos Internos e Instituto de Estudios Bancarios Guillermo Subercaseaux.
Normas citadas
DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Se aprueba el Convenio de Colaboración Mutua entre el SII e Instituto de Estudios Bancarios Guillermo Subercaseaux para desarrollar conjuntamente acciones de educación fiscal y tributaria, estimulando un comportamiento tributario responsable y fortaleciendo la educación cívica de la comunidad estudiantil. Las actividades se materializarán mediante elaboración de material educativo, ciclos de charlas, asistencia durante operación renta e implementación de Núcleos de Apoyo Fiscal en sedes del Instituto.
SUBDIRECCIÓN DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE GE196787 1061-SDAC-2021 MATERIA: APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA ENTRE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS E INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX. SANTIAGO, 03 DE ENERO DE 2022.- RESOLUCIÓN EXENTA SII Nº 02 VISTOS: Las facultades que me confieren los artículos 1º y 7º letras h) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 7 de Hacienda, de fecha 30.09.1980; Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y en la Resolución Nº 1600, del 06.11.2008, de la Contraloría General de la República; y CONSIDERANDO: 1º Que, corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. 2º Que, el Director tiene la facultad de administración y celebración de actos y contratos en representación del Servicio según lo dispuesto en las letras h) y o) del artículo 7º de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el contenida en el artículo 1º del D.F.L. Nº 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. 3º Que, para tales efectos se ha acordado la firma del presente Convenio de Colaboración Mutua, con el objeto de poder desarrollar conjuntamente acciones destinadas a estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria, fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente, y fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil. 4º Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento de sus funciones y en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, el Servicio de Impuestos Internos y el Instituto de Estudios Bancarios Guillermo Subercaseaux, han acordado suscribir un convenio de colaboración mutua. SE RESUELVE: APRUÉBESE el CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA ENTRE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y EL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX, celebrado en el mes de diciembre de 2021, cuyo texto es el siguiente: --- CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA ENTRE EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y EL INSTITUTO DE ESTUDIOS BANCARIOS GUILLERMO SUBERCASEAUX --- En Santiago, con fecha 27 de diciembre del año 2021, comparecen por una parte, el Servicio de Impuestos Internos, RUT Nº 60.803.000-K, representado para estos efectos por su Director, don Fernando Barraza Luengo, RUT Nº 9.403.994-0, ambos domiciliados en Teatinos Nº 120, comuna de Santiago, en adelante "SII"; y, por la otra el Instituto de Estudios Bancarios Guillermo Subercaseaux, del giro institutos profesionales, rol único tributario Nº82.920.700-1, representado por su Rectora doña Lucía Pardo Vásquez, chilena, ingeniero comercial, cédula de identidad Nº5.561.460-1, y por su Vicerrector Académico don Raúl Fernández Guzmán, chileno, casado, ingeniero civil mecánico, cédula de identidad Nº8.412.800-7, todos domiciliados en calle Agustinas Nº1476, piso 10, comuna y ciudad de Santiago,en adelante, e indistintamente el "INSTITUTO" o "IGS"; quienes han acordado suscribir el presente Convenio de Colaboración Mutua, en adelante el "Convenio". Primero: Objeto del Convenio. Las entidades individualizadas en el párrafo anterior han acordado la firma del presente Convenio de Colaboración Mutua, con el objeto de poder desarrollar conjuntamente acciones destinadas a estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria, fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente, y fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil. Entiéndase para efectos de este Convenio que toda aquella referencia a los términos "ámbito fiscal" o "temas fiscales", comprenderá aquellas materias relacionadas con la competencia de este Servicio, esto es, impuestos

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