Resolución Exenta N° 20 de 2022

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En breve

Documento
Resolución Exenta N° 20 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
24-02-2022
Materia
Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre Instituto de Previsión Social y SII
Normas citadas
DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Aprueba el Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Instituto de Previsión Social y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 7 de diciembre de 2021, que incorpora un nuevo Anexo Nº 4 para el intercambio semanal de información de inicios de actividades y términos de giro de contribuyentes. Modifica asimismo el Anexo 1 del Convenio original de fecha 22 de febrero de 2018, reemplazando "octubre" por "septiembre" en la información de ingresos.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos | Referencia: GE00194121 | Fecha: 24 de febrero de 2022 | Materia: Aprueba Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Instituto de Previsión Social y el Servicio de Impuestos Internos --- Artículos 1º y 7º letras a), c) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; Ley Nº 19.628, sobre Protección de la Vida Privada; Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública; y Ley Nº 20.255, que establece reforma previsional. --- PRIMERO.- Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO.- Que al Instituto de Previsión Social le corresponde, entre otras funciones, la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados por el ex Instituto de Normalización Previsional (INP). TERCERO.- Que en virtud de lo anterior, el Servicio de Impuestos Internos y el Instituto de Previsión Social han acordado suscribir el presente Addendum al convenio de colaboración entre ambas instituciones firmado con fecha 22 de febrero de 2018, aprobado por Resolución Exenta SII Nº 38 del 12 de abril de 2018 y Resolución Exenta IPS Nº 97 del 28 de febrero de 2018, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- PRIMERO.- Apruébese el Addendum al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre el Instituto de Previsión Social y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 7 de diciembre de 2021, conforme al siguiente texto: --- Entre: Servicio de Impuestos Internos e Instituto de Previsión Social Fecha: 7 de diciembre de 2021 Lugar: Santiago --- Servicio de Impuestos Internos RUT: 60.803.000-K Representante: Fernando Barraza Luengo Cédula de identidad: 9.403.994-0 Domicilio: Teatinos Nº 120, Santiago Instituto de Previsión Social RUT: 61.979.440-0 Representante: Patricio Alejandro Coronado Rojo RUT: 8.775.371-9 Domicilio: Calle Huérfanos Nº 886, piso 2, Santiago --- PRIMERA.- Con fecha 22 de febrero de 2018, entre el SERVICIO y el INSTITUTO se suscribió un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración destinado a regular la entrega recíproca de información, para ser utilizada dentro del marco de sus respectivas competencias legales, con el fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas normas orgánicas les encomiendan. Conforme a la cláusula tercera del referido convenio, para efectos de cumplir el intercambio de información entre el INSTITUTO y el SERVICIO, la información a ser transmitida se detallará en anexos que se entienden parte integrante del convenio. SEGUNDA.- Atendido lo expuesto precedentemente, ha surgido la necesidad de incorporar un nuevo Anexo que permita al INSTITUTO obtener información de inicios de actividades y términos de giro de los contribuyentes, además de la modificación de la cláusula quinta que señala los coordinadores del convenio. TERCERA.- En virtud de lo anterior, ambas partes acuerdan complementar el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración de fecha 22 de febrero de 2018, en el siguiente sentido: a) Modificación del Anexo 1 Modifíquese la expresión "octubre" de la letra d) Información de Ingresos del Anexo 1, por: "septiembre". b) Incorporación del Anexo Nº 4 Incorpórese al Convenio de Intercambio de Información y Colaboración el Anexo Nº 4 — Información de Inicios de Actividades y Términos de Giro, conforme se detalla a continuación. --- El SERVICIO proporcionará al INSTITUTO la siguiente información de m

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