Resolución Exenta N° 23 de 2019

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En breve

Documento
Resolución Exenta N° 23 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
15-02-2019
Materia
Procedimiento de pago del Impuesto a las Donaciones efectuadas en dinero mediante códigos tributarios
Normas citadas
DFL7|1980, art. 1; DFL7|1980, art. 4bis; DFL7|1980, art. 7; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Se reemplaza el Resolutivo 2° de la Resolución Ex. SII N° 21 de 2017, estableciendo que para el pago del Impuesto a las Donaciones en dinero los contribuyentes deben utilizar códigos tributarios [819] para la base imponible y [820] para el impuesto a pagar. La modificación resulta de la actualización del Formulario 50 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos — Subdirección de Fiscalización Fecha: 15 de febrero de 2019 Materia: Reemplaza Resolutivo 2° de la Resolución Ex. SII N° 21 de 2017, que establece procedimiento para el pago del Impuesto a las Donaciones efectuadas en dinero Lugar: Santiago --- Se consideran las facultades contempladas en: - Artículos 1°, 4° bis y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Artículo 6°, letra A, N° 1 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley N° 830 de 1974, del Ministerio de Hacienda. --- 1° Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente. 2° Que es misión de este Servicio procurar que cada contribuyente cumpla sus obligaciones tributarias buscando la facilitación del cumplimiento. 3° Que, con la finalidad anterior, mediante Resolución Ex. SII N° 21, de 10.02.2017, para aquellos contribuyentes que reciban donaciones efectuadas en dinero, se puso a disposición un procedimiento de pago expedito del impuesto. 4° Que, producto de una revisión y actualización de la "Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos Formulario 50", se hace necesario modificar la Resolución individualizada en el considerando precedente, reemplazando su resolutivo 2°. --- 1. Reemplácese el Resolutivo 2° de la Resolución Ex. SII N° 21, de 10.02.2017, por el siguiente: 2. La presente resolución comenzará a regir desde su publicación en extracto en el Diario Oficial. --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO Víctor Villallón Méndez Director (S)

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