Resolución Exenta N° 3 de 2020

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 3 de 2020, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
10-01-2020
Materia
Fija lista de valores de vehículos motorizados para cálculo de permiso de circulación anual 2020
Normas citadas
DL3063, art. 12; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Fijar para el año 2020 la lista de valores de automóviles y vehículos motorizados usados para cálculo del permiso de circulación anual, determinando el precio corriente en plaza según año de fabricación, características del vehículo y aplicando depreciación del 5% con incremento mínimo del 10% respecto al año anterior. La lista rige desde el 1º de febrero de 2020 sin alteraciones durante el período de un año.
Fija lista de valores de vehículos motorizados para los fines que señala --- Tribunal: Servicio de Impuestos Internos Fecha: Santiago, 10 de enero de 2020 Director: Fernando Barraza Luengo --- - Lo dispuesto en el artículo 6º, letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el artículo 1º del Decreto Ley Nº 830, de 1974. - El artículo 12º, letra a), del Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. --- 1. Que el artículo 12º, letra a), del Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, establece un impuesto anual por permiso de circulación a los vehículos que indica, a beneficio municipal, que no podrá ser inferior a media unidad tributaria mensual del mes de enero de cada año, que se aplica conforme a una escala progresiva y acumulativa sobre su precio corriente en plaza. 2. Que se entenderá como "precio corriente en plaza" de los respectivos vehículos, el que determine anualmente el Servicio de Impuestos Internos dentro de la primera quincena del mes de enero de cada año, mediante una lista de las distintas marcas y modelos de vehículos motorizados usados, clasificados de acuerdo al año de fabricación y con indicación, en cada caso, del precio corriente en plaza vigente a esa fecha, agregando que esta determinación regirá sin alteraciones durante el período de un año, contado desde el día 1º de febrero. 3. Que conforme al inciso segundo de la letra a) del artículo 12 del D.L. Nº 3.063, el Servicio de Impuestos Internos fijará el medio y la fecha en que se publicará la lista de marcas y modelos de vehículos motorizados usados, clasificados de acuerdo al año de fabricación y con indicación, en cada caso. --- Fíjase para el año 2020 lista de valores de automóviles y otros vehículos motorizados usados, según nómina que se publica como anexo en la forma dispuesta en el resolutivo 5º. Su valor corriente en plaza será el que figure en la respectiva factura o en el respectivo contrato, sin deducir los impuestos del Decreto Ley Nº 825, de 1974. El valor corriente en plaza será: - El valor aduanero, o - En su defecto, el valor CIF más los derechos aduaneros En ambos casos, se agregarán los impuestos del Decreto Ley Nº 825, de 1974. En todos los casos anteriores deberá deducirse una depreciación del 5%, elevando la cantidad que resulte a la centena que corresponda cuando sea igual o superior a 50 pesos y despreciando la cantidad inferior. Una vez rebajada la depreciación, el valor corriente en plaza de los vehículos no podrá ser inferior al valor del mismo modelo y características del año inmediatamente anterior, más un 10% de incremento. En el caso de los vehículos que no figuren en la lista de valores, corresponderá a las Unidades del Servicio determinar su valor, cuando se les solicite y sin perjuicio de la facultad del Director de Tránsito contenida en la Ley de Rentas Municipales, asimilándolos a aquellos vehículos que aparezcan en dicha lista, que reúnan similares características tales como marca, modelo, año de fabricación, capacidad de carga o pasajeros, etc. Para los efectos de lo establecido en el Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, la lista anexa regirá desde el 1º de febrero de 2020. Publíquese el listado anexo a esta Resolución en: - Página web de El Mercurio S.A.P., Emol.com - Sitio web del Servicio de Impuestos Internos: www.sii.cl --- ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EXTRACTO EN EL DIARIO OFICIAL (Fdo.) Fernando Barraza Luengo Director

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