Resolución Exenta N° 31 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 31 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
13-03-2025
Materia
Autoriza acceso a plataforma SII-MAPAS de Cartografía Digital a Ilustre Municipalidad de La Unión
Normas citadas
DFL7, art. 1; DL3063, art. 37; L17235, art. 29; L18575, art. 1; L18695, art. 1; L18695, art. 24; L21180, art. 1
Criterio
Autorizar a la Ilustre Municipalidad de La Unión el acceso a la plataforma SII-MAPAS de Cartografía Digital mediante servicios WMS y WMTS, para gestionar el Impuesto Territorial de su jurisdicción con datos de bienes raíces vigentes del Catastro. El acceso estará disponible para funcionarios municipales previa autorización nominal a través de representación electrónica.
Servicio de Impuestos Internos Subdirección de Asistencia al Contribuyente --- Materia: Autoriza acceso a los Servicios de Interoperabilidad Cartografía Digital "SII-MAPAS" a la Ilustre Municipalidad de La Unión Fecha: 13 de marzo de 2025 Referencia: GE00312888 --- - Artículo 1° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. - Decreto Ley N° 830, Código Tributario. - Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial. - Artículo 1°, numeral 6 de la Ley N° 21.180, sobre Transformación Digital del Estado. - Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades. --- PRIMERO.- Conforme al artículo 1° del Decreto con Fuerza de Ley N° 7, de Hacienda, de 30 de septiembre de 1980, corresponde al Servicio la "aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad diferente". En razón de dicho objeto, obtiene y procesa información de los contribuyentes. SEGUNDO.- El artículo 29 de la Ley N° 17.235, sobre Impuesto Territorial, dispone que el Servicio de Impuestos Internos tiene a su cargo la aplicación de dicha ley. TERCERO.- El artículo 1° de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, indica que: Por su parte, el artículo 24, letra a), N° 1), del mismo cuerpo legal dispone que a la unidad encargada de obras municipales le corresponderá: CUARTO.- El artículo 37 del Decreto Ley N° 3.063, de 1979, Sobre Rentas Municipales, dispone que las municipalidades percibirán el rendimiento total del impuesto territorial, constituyendo ingreso propio de cada municipalidad el cuarenta por ciento de dicho impuesto de la comuna respectiva, salvo las municipalidades de Santiago, Providencia, Las Condes y Vitacura, en que dicho ingreso propio será de un treinta y cinco por ciento. QUINTO.- La creciente demanda por información de parte de las municipalidades al Servicio de Impuestos Internos para gestionar tributos de su beneficio, y la importancia que tiene para el Servicio apoyar a estas entidades en dichas materias, hace necesaria la generación de mecanismos tecnológicos que permitan optimizar los recursos y una comunicación interactiva entre ambas instituciones. SEXTO.- El Servicio de Impuestos Internos, con el fin de mejorar la gestión del Impuesto Territorial, desarrolló una plataforma de Cartografía Digital denominada "SII-Mapas", para ser utilizada por las Instituciones Públicas que lo requieran dentro del marco de sus competencias, con el propósito de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que la ley les ha encargado. SÉPTIMO.- Para materializar lo anterior, este Servicio ha dispuesto en la web sii.cl el "Protocolo para el Acceso de las Municipalidades a los Servicios de Interoperabilidad Cartografía Digital SII-Mapas", en el que se establece que, para acceder a estos servicios, las municipalidades deberán formalizar su solicitud mediante un oficio dirigido a esta institución, indicando el nombre y datos de contacto de un funcionario que la represente. OCTAVO.- En cumplimiento al mencionado Protocolo, la Ilustre Municipalidad de La Unión, mediante oficio N° 183 de fecha 31 de enero de 2025, solicitó el acceso a los servicios de interoperabilidad de Cartografía Digital "SII-Mapas". --- PRIMERO.- Autorizase a la Ilustre Municipalidad de La Unión para acceder a los servicios de interoperabilidad de Cartografía Digital "SII-Mapas" de su comuna mediante los servicios Web Map Service (WMS) y Web Map Tile Service (WMTS). Estos servicios cumplen el estándar Open Geospatial Consortium (OGC) y pueden ser utilizados desde cualquier software o

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