Resolución Exenta N° 33 de 2021

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 33 de 2021, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
31-03-2021
Materia
Autorización a contribuyentes para operar conforme al modelo de Contabilidad Electrónica a partir de 2021
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 1; Código Tributario (DL 830), art. 17; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Autorizar a contribuyentes listados para operar conforme al modelo de Contabilidad Electrónica a partir del año 2021, ya sea con Código de Autorización de Libros (CAL) propio o mediante endoso de contribuyentes autorizados. Los contribuyentes deben cumplir los requisitos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 150 de 2005, modificada por la Resolución Exenta N° 86 de 2017, y las condiciones futuras del modelo.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Materia: Autorización para proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica Lugar: Santiago --- Artículo 6°, Letra A), N° 1 y artículo 17 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974. Resolución Exenta N° 150, de 29.12.2005, que establece normas y procedimientos de operación de la Contabilidad Electrónica, modificada por la Resolución Exenta N° 86, del 07.09.2017. Resolución Exenta N° 126, de 30.12.2014, delegatoria. --- PRIMERO: En la Resolución Exenta SII N° 126, del 30.12.2014, se delegó en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente la facultad de autorizar a los contribuyentes para proceder de acuerdo al modelo de operación de Contabilidad Electrónica. SEGUNDO: Analizados los casos de los contribuyentes que se señalan en los resolutivos primero y segundo de la presente Resolución, se determinó que cumplen con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 150, de 2005, modificada por la Resolución Exenta N° 86, del 07.09.2017, y han efectuado las pruebas requeridas para acogerse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica. TERCERO: Los contribuyentes listados en el Resolutivo segundo cumplen asimismo con los requisitos establecidos en la Resolución Exenta SII N° 150, de 2005, modificada por la Resolución Exenta N° 86, del 07.09.2017, y declaran contar con Códigos de Autorización de Libros (en adelante CAL) para los Libros Contables Electrónicos, esto último a través del endoso a efectuar por un contribuyente autorizado. --- PRIMERO: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2021, utilizando CAL propio, a los siguientes contribuyentes: | Nombre | RUT | | --- | --- | | INTERCOB LTDA. | 96.986.700-1 | | MUNNICH PHARMA MEDICAL SPA. | 80.447.400-5 | | SOLVENTA TARJETAS S.A. | 96.776.000-5 | | VILLALBA S.A. | 81.105.000-8 | Se otorgará a los contribuyentes RUT 96.776.000-5 y 81.105.000-8, Códigos de Autorización de Libros (CAL) tipo 3, para los libros Diario, Mayor y Balance, los que podrán ser endosados a otras empresas del mismo holding. SEGUNDO: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2021, a través del endoso de ARTIKOS CHILE S.A., RUT N° 96.953.410-K: | Nombre | RUT | | --- | --- | | PRINCIPAL INTERNATIONAL DE CHILE S.A. | 96.751.850-6 | TERCERO: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2021, a través del endoso de DBNET INGENIERIA DE SOFTWARE S.A., RUT N° 78.079.790-8: | Nombre | RUT | | --- | --- | | ALCON LABORATORIOS CHILE LTDA. | 86.537.600-6 | | CENTRO MEDICO MONSENOR CARLOS CASANUEVA S.A. | 95.460.000-9 | | CLINICA UNIVERSIDAD CATOLICA S.A. | 96.534.960-K | | DIFUSION Y COMUNICACIONES S.A. | 78.255.320-8 | | INVERSIONES UC CH SPA. | 76.487.632-6 | | UC CHRISTUS SALUD SPA. | 99.540.210-6 | | UC CHRISTUS SERVICIOS AMBULATORIOS SPA. | 76.754.097-3 | | UC CHRISTUS SERVICIOS CLINICOS SPA. | 99.573.490-7 | CUARTO: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2021, a través del endoso de GDE S.A., RUT N° 76.129.486-5: | Nombre | RUT | | --- | --- | | COMERCIAL AQUASOLAR SPA. | 76.956.580-9 | | DROGUERIA FARMOQUIMICA DEL PACIFICO SPA. | 77.781.470-2 | | SUCDEN CHILE SPA. | 94.684.000-9 | QUINTO: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2021, a través del endoso de ONVISION S.A., RUT N° 76.372.100-0: | Nombre | RUT | | --- | --- | | AGRICOLA PAULLIN SPA. | 76.277.959-5 | | ASESORIAS FINCOM LTDA. | 77.731.080-1 | | ASOC CHILENA DE SEGURIDAD | 70.360.100-6 | | CENTRO MEDICO HTS SPA. | 76.481.620-K | | CONSTRUCTORA EMIN S.A. | 96.585.800-8 | | EMIN ENERGIA S.A. | 76.232.113-0 | | EMIN INMOBILIARIA S.A. | 76.232.109-2 | | EMIN INTERNACIONAL S.A. | 76.232.084-3 | | EMIN MINERIA S.A. | 76.232.092-4 | | EMIN S.A. | 76.309.531-2 | | EMIN

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