Resolución Exenta N° 33 de 2024

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 33 de 2024, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
11-03-2024
Materia
Individualización de sujetos pasivos con atribuciones decisorias relevantes conforme Ley N° 20.730 sobre Lobby
Normas citadas
18575, art. 31; 20285, art. 7; 20730, art. 3; 20730, art. 4; DFL7-1980, art. 7
Criterio
Individualizar como sujetos pasivos conforme Ley N° 20.730 a los Jefes de Departamento, Oficina y Unidad de las Direcciones Regionales del SII, que tengan atribuciones decisorias relevantes, complementando la Resolución SII N° 52 de 2023 conforme al Dictamen E444887/2024 de la Contraloría General de la República.
Subdirección de Asuntos Corporativos, Servicio de Impuestos Internos. Individualización de Sujetos Pasivos conforme Ley N° 20.730. Santiago, 11 de marzo de 2024. --- Se consideran las siguientes disposiciones legales y reglamentarias: - Artículo 3°, inciso 2° y artículo 4°, inciso 2° de la Ley N° 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios. - Decreto Supremo N° 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento de la Ley N° 20.730. - Artículo 7°, letras c) y r) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. - Artículo 31, inciso 2° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (D.F.L. N° 1 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia). - Resolución N° 07 de 2019 de la Contraloría General de la República. - Dictamen N° E444887/2024 de la Contraloría General de la República. - Las necesidades del Servicio. --- PRIMERO. El inciso segundo del artículo 3° de la Ley N° 20.730 establece que el jefe superior del Servicio respectivo individualizará a las personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, y reciban por ello regularmente una remuneración. Complementariamente, el artículo 4°, inciso segundo de la misma ley ordena que tales personas deberán ser individualizadas anualmente por resolución de la autoridad competente, la que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en el artículo 9°, es decir, en los sitios electrónicos a que hace referencia el artículo 7° de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. SEGUNDO. En el Ítem I, sobre Sujetos Pasivos, del apartado 7, del Dictamen N° E444887/2024 del 29 de enero de 2024, emitido por la Contraloría General de la República, por el que se "imparte instrucciones sobre aspectos de la Ley N° 20.730", se dispone que todas las entidades sujetas a su control en esta materia, en el plazo máximo de 30 días hábiles contados desde su entrada en vigor, deben: - Identificarse e incluir como sujetos pasivos las respectivas Jefaturas de División, Departamento, Oficina o Unidad. - Ser incluidas en una resolución fundada emitida por la respectiva autoridad del servicio. - Comenzar a publicar: - Las audiencias y reuniones a que asistan. - Las reuniones que tengan por objeto el lobby o la gestión de intereses particulares. - Los viajes que realicen en el ejercicio de sus funciones. - Los donativos oficiales, protocolares y aquellos que sean manifestaciones de cortesía recibidos con ocasión del ejercicio de sus funciones. El acto administrativo debe emitirse y publicarse de manera permanente en los sitios electrónicos propios de los órganos de la Administración del Estado y mantenerse actualizado, a lo menos, anualmente. TERCERO. Con fecha 27 de abril de 2023, se dictó la Resolución Exenta SII N° 52, que individualizó sujetos pasivos conforme lo dispuesto en el artículo 3°, inciso 2° de la Ley N° 20.730. CUARTO. Considerando que la Resolución Exenta SII N° 52 de fecha 27 de abril de 2023 no contempla como sujetos pasivos a las Jefaturas de División, Departamento, Oficina o Unidad de las Direcciones Regionales de este organismo, y considerando que estos cargos deben ser sujetos pasivos conforme con la Ley N° 20.730, según lo ordena el Dictamen N° E444887/2024 de la Contraloría General de la República, resulta necesario complementar la Resolución Exenta SII N° 52. --- PRIMERO. Desígnase en calidad de Sujetos Pasivos a los siguientes servidores públicos, en razón de su cargo y responsabilidad. Las obligaciones respectivas recaerán también sobre quienes subroguen o suplan en dicha función, cuando la ejerzan. Dirección Regional de Arica: - Jefe Departamento de Administración - Jefe Departamento de Fiscalizac

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA