Resolución Exenta N° 36 de 2019

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 36 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
19-03-2019
Materia
Incorporación de FACTOTAL S.A. a nómina de receptoras de carpeta tributaria electrónica por mandato
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Incorporar a FACTOTAL S.A. a la Nómina de Instituciones Receptoras de Carpeta Tributaria Electrónica por mandato, toda vez que reúne los requisitos y condiciones dispuestos en la Resolución Ex. N° 80, de 2016. La incorporación rige a partir del quinto día hábil de la notificación.
Subdirección de Asistencia al Contribuyente Oficina de Asistencia y Educación al Contribuyente Oficio 65-SDAC-2019 Santiago, 19 de marzo de 2019 --- Materia: Incorporación de FACTOTAL S.A. a la nómina de entidades receptoras de carpeta tributaria electrónica por mandato. --- - Lo dispuesto en el artículo 6°, letra A), N° 3, del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974; - La Resolución N° 80, del 12 de agosto de 2016, que establece los requisitos que deben cumplir las entidades para ser receptoras de la "carpeta tributaria electrónica" y delega facultades; - La presentación efectuada con fecha 20 de febrero de 2019, por don Patricio Sepúlveda Palma, en representación de la empresa FACTOTAL S.A., RUT N° 96.660.790-4, con domicilio en Avda. Andrés Bello N° 2233, comuna de Providencia, solicitando la autorización para ser incluida en la nómina de entidades receptoras de carpeta tributaria electrónica. --- 1° Que para tales efectos, el solicitante adjuntó documentos tales como escrituras y certificados, los cuales fueron debidamente examinados por este Servicio. Asimismo, consta en las bases de datos de este Servicio que ha informado dentro de sus actividades las siguientes: | Actividad | Fecha de Inicio | |:---|:---| | Fondos y Sociedades de Inversión y Entidades Financieras Similares | 01.01.1993 | | Otras Actividades Auxiliares de las Actividades de Servicios Financieros | 30.10.1998 | 2° Que, en virtud de lo anterior, es posible concluir favorablemente a su petición, toda vez que es posible confirmar que reúne los requisitos y condiciones dispuestos en el resolutivo 2° de la Resolución Ex. N° 80, de 2016. 3° Que la facultad de incorporar en la Nómina de Instituciones Receptoras de Carpeta Tributaria Electrónica por mandato se encuentra delegada en el Subdirector de Asistencia al Contribuyente, conforme lo dispuesto en la Resolución Ex. N° 80, de 2016. --- HA LUGAR A LO SOLICITADO. Incorpórese al contribuyente FACTOTAL S.A., RUT N° 96.660.790-4, a la Nómina de Instituciones Receptoras de Carpeta Tributaria Electrónica por mandato, a partir del quinto día hábil de la notificación de esta resolución. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE. --- Verónica Valle Saráh Subdirectora de Asistencia al Contribuyente

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