Resolución Exenta N° 40 de 2025

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 40 de 2025, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
27-03-2025
Materia
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre CMF y SII
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 35; Código Tributario (DL 830), art. 62ter; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7; DL3538, art. 1; Ley18575, art. general; Ley19628, art. 20; Ley20285, art. general; Ley20575, art. 2
Criterio
El SII aprueba el convenio de intercambio de información y colaboración con la CMF, suscrito el 5 de marzo de 2025, para facilitar la coordinación institucional en materias de competencia común dentro del marco legal establecido.
Aprueba Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos Emisor: Servicio de Impuestos Internos Resolución Exenta N° 40 Fecha: 27 de marzo de 2025 Lugar: Santiago --- Se tienen presentes: - Artículos 1° y letra o) del artículo 7°, Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (D.F.L. N° 7, de 1980, Ministerio de Hacienda) - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada - Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública - Artículo 2, Ley N° 20.575 - Artículo 35, Código Tributario --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. Adicionalmente, la letra o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos otorga al Director la atribución de "ejecutar los actos y celebrar los contratos que estime necesarios para el cumplimiento de los fines del Servicio." SEGUNDO. Que la Comisión para el Mercado Financiero tiene por objeto velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública. Asimismo, le corresponderá velar porque las personas o entidades fiscalizadas cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que las rijan, desde que inicien su organización o su actividad, según corresponda, hasta el término de su liquidación; pudiendo ejercer la más amplia fiscalización sobre todas sus operaciones. TERCERO. Que en virtud de lo anterior, y del principio de competencia consagrado en el artículo 20 de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, el Servicio de Impuestos Internos y la Comisión para el Mercado Financiero han acordado suscribir un Convenio de Intercambio de Información y Colaboración firmado con fecha 5 de marzo de 2025, destinado al intercambio de información entre ambos para ser utilizada dentro del marco de sus competencias. El convenio incluye el desarrollo de actividades de coordinación institucional y colaboración recíproca en áreas de interés común que tengan relación con intercambio de información, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente en las funciones que sus respectivas normas orgánicas les han asignado. --- PRIMERO. Apruébase el Convenio de Intercambio de Información y Colaboración entre la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos, celebrado el 5 de marzo de 2025, cuyo texto íntegro se detalla a continuación. --- Entre la Comisión para el Mercado Financiero y el Servicio de Impuestos Internos Santiago, 5 de marzo de 2025 --- | Aspecto | Detalles | |---|---| | Servicio de Impuestos Internos (SERVICIO) | | | RUT | 60.803.000-K | | Representante | Javier Etcheberry Celhay | | Cédula de Identidad | 4.891.404-7 | | Domicilio | Teatinos N° 120, Comuna de Santiago | | Comisión para el Mercado Financiero (CMF) | | | RUT | 60.810.000-8 | | Representante | Solange Berstein Jáuregui | | Cédula de Identidad | 7.047.244-9 | | Domicilio | Av. Libertador Bernardo O'Higgins N° 1.449, Torre 2, piso 2, Comuna de Santiago | --- PRIMERO: Naturaleza y objeto de la CMF Conforme al artículo 1° del Decreto Ley N° 3.538, la Comisión para el Mercado Financiero es un servicio público descentralizado, de carácter técnico, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Hacienda. Tiene por objeto velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública. Para ello d

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