Resolución Exenta N° 41 de 2017

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 41 de 2017, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
07-04-2017
Materia
Aprobación de Convenio de Colaboración Mutua entre SII e INACAP para educación fiscal y tributaria
Normas citadas
DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Se aprueba el Convenio de Colaboración Mutua entre SII e INACAP para desarrollar conjuntamente acciones de educación fiscal y tributaria, estimulando comportamiento tributario responsable y fortaleciendo educación cívica. El Director del SII, en virtud de sus facultades legales, autoriza la celebración de este acuerdo que contempla elaboración de material educativo, actividades académicas, asistencia tributaria, prácticas profesionales e investigación aplicada.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos Materia: Aprueba Convenio de Colaboración Mutua entre Servicio de Impuestos Internos y Universidad Tecnológica de Chile INACAP y otros Fecha: 7 de abril de 2017 Lugar: Santiago --- Las facultades que me confieren los artículos 1° y 7° letras h) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7 de Hacienda, de fecha 30 de septiembre de 1980; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Resolución N° 1600 del 6 de noviembre de 2008 de la Contraloría General de la República. --- PRIMERO. Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO. Que el Director tiene la facultad de administración y celebración de actos y contratos en representación del Servicio según lo dispuesto en las letras h) y o) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo primero del D.F.L. N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda. TERCERO. Que para tales efectos se ha acordado la firma del presente Convenio de Colaboración Mutua, con el objeto de poder desarrollar conjuntamente acciones destinadas a estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria, fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente y fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil y a través de ella, en toda la comunidad. CUARTO. Que, en virtud de lo anterior, y en cumplimiento de sus funciones y en el marco de las normas legales y reglamentarias pertinentes, el Servicio de Impuestos Internos y la Universidad Tecnológica de Chile INACAP y otros, han acordado suscribir un convenio de colaboración mutua. --- Apruébese el CONVENIO DE COLABORACIÓN MUTUA ENTRE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP Y OTROS, celebrado el 27 de marzo de 2017, cuyo texto es el siguiente: --- ENTRE SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Y UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP Y OTROS En Santiago, con fecha 27 de marzo de 2017, comparecen: Por una parte, el Servicio de Impuestos Internos, RUT N° 60.803.000-K, representado por su Director Fernando Barraza Luengo, RUT N° 9.403.994-0, domiciliados en Teatinos N° 120, comuna de Santiago, en adelante "SII". Por la otra parte, la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE CHILE INACAP, RUT N° 72.012.000-3, por sí y en representación del INSTITUTO PROFESIONAL INACAP, RUT N° 87.152.900-0, y del CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA INACAP, RUT N° 87.020.800-6, instituciones de educación superior, denominadas en conjunto "INACAP", representadas por su Rector Gonzalo Vargas Otte, RUT N° 6.379.822-3, todos domiciliados en Avenida Vitacura N° 10.151, comuna de Vitacura, Santiago. Las partes han acordado suscribir el presente Convenio de Colaboración Mutua conforme a los siguientes términos: --- Las entidades han acordado desarrollar conjuntamente acciones destinadas a: - Estimular e impulsar la educación fiscal y tributaria - Fomentar el conocimiento y la práctica de un comportamiento tributario responsable acorde con la legislación vigente - Fortalecer la educación cívica de la comunidad estudiantil y a través de ella, en toda la comunidad Los alumnos de INACAP no son solo el "objeto" de las acciones, sino también realizadores de las mismas cuando el objeto es la comunidad. Para efectos de este Convenio, toda referencia a los términos "ámbito fiscal" o "temas fiscales" comprenderá aquellas materias relacionadas con la competencia del SII, esto es, impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por la ley a una autoridad dif

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