Resolución Exenta N° 42 de 2022

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 42 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
06-05-2022
Materia
Acreditación y autorización a prestador de servicios de certificación digital de identidades para emitir certificados digitales de uso y pago tributario
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Se acredita a Inversiones Arándanos SPA como Prestador de Servicios de Certificación Digital en el ámbito tributario, habiendo verificado el cumplimiento de requisitos técnicos, documentales, estatutarios y de seguridad establecidos en la Resolución Exenta Nº 09 de 2001. El SII se reserva facultades de modificación, suspensión o revocación de la acreditación según estime conveniente.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos | Fecha: 06 de mayo de 2022 | Materia: Acreditación de Prestador de Servicios de Certificación Digital | Beneficiario: Inversiones Arándanos SPA, RUT Nº 77.097.633-2 --- - Artículo 6° letra a) Nº 1 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del Decreto Ley Nº 830 de 1974. - Resolución Exenta Nº 09 del 15 de febrero de 2001, publicada en el Diario Oficial del 21 de febrero de 2001, en especial sus resolutivos 2° letras a), b) y c), 3°, 6° y 7°. - Solicitud presentada por Inversiones Arándanos SPA con fecha 24 de diciembre de 2020. - Reglas generales de validez de documentos electrónicos establecidas por la Ley Nº 19.799 de 2002. --- PRIMERO. Que en el marco de lo establecido por la Resolución Exenta Nº 09 del 15 de febrero de 2001, la empresa Inversiones Arándanos SPA, RUT Nº 77.097.633-2, ha solicitado formalmente al Servicio de Impuestos Internos que se le otorgue la calidad de "Prestador de Servicios de Certificación" debidamente acreditado, y así poder respaldar mediante la emisión de certificados digitales para uso y pago tributario la identidad de aquellos contribuyentes que autentifiquen o firmen digitalmente las declaraciones de impuestos que presenten al Servicio. SEGUNDO. Que se ha constatado la existencia de un repositorio o directorio público en el sitio web de la empresa solicitante, debidamente individualizado, en el cual se almacenarán las claves públicas y sus certificados, respecto al cual además se han adoptado medidas técnicas y administrativas estimadas como idóneas para evitar la falsificación de las claves públicas y de los certificados digitales respectivos. Del mismo modo, están a disposición de este Servicio las listas de revocaciones y expiraciones o caducidad de los certificados, para su consulta en línea y en todo momento. TERCERO. Que en materia de estructura de los certificados digitales a emitirse por la empresa Inversiones Arándanos SPA, al analizarse los diversos certificados de pruebas se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Resolución Exenta Nº 09 de 2001, en especial la ubicación de los atributos obligatorios del certificado y la indicación explícita de que el certificado emitido es para operar en el ámbito tributario. CUARTO. Que en su calidad de "Entidad de Registro" se ha verificado la implementación de procedimientos de revisión de los antecedentes e identidades de aquellos contribuyentes que, habiendo contratado sus servicios, serán respaldados digitalmente por la empresa, documentación que deberá quedar almacenada durante la vigencia de dichos certificados. QUINTO. Que desde el punto de vista documental se ha revisado el contenido de las Políticas y Prácticas de Certificación Digital de la empresa solicitante, las que este Servicio estima idóneas para regular la relación contractual con los contribuyentes y las que esta autoridad entiende parte integrante de los respectivos contratos de certificación digital. SEXTO. Que desde el punto de vista estatutario se ha constatado el hecho de estar legalmente constituida como persona jurídica, el tener por objeto o giro el prestar servicios de certificación digital y la posesión de un capital social igual o superior al establecido legalmente para emitir certificados digitales en materia tributaria. SÉPTIMO. Que en materia de cumplimiento de los requisitos de seguridad para la prestación de los servicios de certificación digital, específicamente seguridad física, seguridad lógica y "continuidad de la operación" en caso de contingencias, se realizaron las inspecciones técnicas necesarias. OCTAVO. Que con el mérito de las revisiones documentales, técnicas y de las disposiciones legales pertinentes y habiéndose cumplido las exigencias reglamentarias, técnicas y el procedimiento administrativo respectivo consignado en los considerandos anteriores, se ha corroborado el pleno cumplimiento de lo establecido en la Resolución Exenta Nº 09 de 2001. No obstante lo anterior, el Ser

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA