Resolución Exenta N° 43 de 2018

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Documento
Resolución Exenta N° 43 de 2018, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
04-05-2018
Materia
Autorización a instituciones sin fines de lucro como receptoras de alimentos de comercialización inviable
Normas citadas
Ley de la Renta (DL 824), art. 31; Ley del IVA (DL 825), art. 79; Ley del IVA (DL 825), art. 8; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Autorizar a instituciones sin fines de lucro que cumplan requisitos de comportamiento tributario e inicio de actividades vigente como receptoras de alimentos cuya comercialización sea inviable para su distribución gratuita a personas de escasos recursos. Las instituciones autorizadas deben cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII Nº 59 de 2014, siendo el incumplimiento sancionado conforme al artículo 109 del Código Tributario.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos (SII) Subdirección: Fiscalización Departamento: Análisis Masivo del Cumplimiento Tributario Materia: Autorización de Instituciones sin Fines de Lucro como Receptoras de Alimentos de Comercialización Inviable Fecha: 4 de mayo de 2018 --- Se tienen presente las siguientes normas: - Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. Nº 7, de 1980 del Ministerio de Hacienda - Artículo 6°, letra A), Nº 1, del D.L. Nº 830, de 1974 (Código Tributario) - Artículo 31° Nº 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del D.L. 824, de 1974 - Artículos 8°, letra d) y 79° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, D.L. Nº 825, de 1974 - Ley Nº 19.638, publicada en el Diario Oficial el 14.10.1999 - Ley Nº 20.500, publicada en el Diario Oficial el 16.02.2011 - Resolución Ex. SII Nº 45, de 01.09.2003 - Circulares Nº 3, de 1992 y Nº 54, de 2009 - Resolución Ex. SII Nº 59, de 20.06.2014 --- 1° Que mediante la Circular Nº 54, de 2 de octubre de 2009, publicada en el Diario Oficial el 9 de octubre de 2009, se impartieron instrucciones sobre castigo de alimentos cuya comercialización se ha vuelto inviable. 2° Que de conformidad a lo establecido en el resolutivo 6° de la Resolución Ex. SII Nº 59, del 20 de junio de 2014, publicada en el Diario Oficial de 27 de junio de 2014, el Director ha delegado en el Subdirector de Fiscalización la facultad establecida en el artículo 31° Nº 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en concordancia con el artículo 8°, letra d) y 79° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. 3° Que de conformidad a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, el ejercicio de dicha facultad delegada permite autorizar a Instituciones sin Fines de Lucro como Receptoras de Alimentos, cuya Comercialización sea Inviable, siempre que cumplan en forma íntegra los requisitos señalados en los Resolutivos Nº 1 y 2 de dicho acto administrativo. 4° Que la Resolución Ex. SII Nº 59, de 2014, que reemplazó a la Resolución Ex. SII Nº 129 de 6 de agosto de 2010, agregó como nuevos requisitos poseer Inicio de Actividades vigente y un buen comportamiento tributario. 5° Que las Instituciones han solicitado el otorgamiento de la autorización para ser receptoras de alimentos cuya comercialización sea inviable, con objeto de entregarlos a título gratuito a personas de escasos recursos. 6° Que teniendo presente el contenido de los informes evacuados por: - Jefa del Departamento de Asistencia al Contribuyente de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur - Jefe del Departamento de Asistencia al Contribuyente de la XIV Dirección Regional Metropolitana Santiago Poniente - Jefe de Unidad de Ñuñoa de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente - Jefa de Departamento de Asistencia al Contribuyente, VI Dirección Regional Rancagua - Jefe de Departamento de Asistencia al Contribuyente, VII Dirección Regional Talca - Jefa de Unidad de Talcahuano de la VIII Dirección Regional Concepción --- 1° Autorizanse como Instituciones Receptoras de Alimentos cuya Comercialización sea Inviable, a las entidades que se individualizan a continuación: | RAZÓN SOCIAL | RUT | |---|---| | CLUB DEPORTIVO FLORIDA CHILE | 65.127.320-K | | JUNTA DE VECINOS Nº 34-J LOS LITRES | 65.094.725-8 | | ONG SIRVIENDO A CHILE Y EL MUNDO | 65.158.802-2 | | JUNTA DE VECINOS 31-B SECTOR 9 VILLA LOS NAVÍOS | 71.950.600-3 | | JUNTA DE VECINOS 7-1 PABLO DE ROKKA | 65.105.980-1 | | IGLESIA EVANGÉLICA BAUTISTA RENACER | 65.156.316-K | | FUNDACIÓN RÍO MONTAÑA DE CHILE | 65.158.157-5 | | AGRUPACIÓN SOCIAL CULTURAL MANANTIALES | 65.160.587-3 | | ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO EMPRENDAMOS JUNTOS | 65.072.257-4 | | CENTRO CULTURAL Y SOCIAL DE SUPERACIÓN LA ESPERANZA | 75.947.530-5 | En la oficina virtual del SII en Internet podrá consultar la nómina completa de Instituciones sin Fines de Lucro Distribuidoras y Receptoras de Alimentos

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