Resolución Exenta N° 45 de 2016

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 45 de 2016, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
23-05-2016
Materia
Aprueba convenio de colaboración entre SII y Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
Normas citadas
18575, art. 5; 19628, art. 20; 19628, art. 4-19; 20267, art. 1; 20267, art. 3; 20267, art. 4; DFL7, art. 1; DFL7, art. 7
Criterio
Aprueba convenio de colaboración entre el SII y la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (CHILEVALORA) para el intercambio de información dentro del marco de sus competencias respectivas. El intercambio se regirá por principios de protección de datos personales conforme a la Ley N° 19.628 y medidas de seguridad establecidas en normativas de confidencialidad de documentos electrónicos.
Tribunal: Servicio de Impuestos Internos Materia: Aprueba Convenio de Colaboración entre el SII y la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales Fecha: 23 de mayo de 2016 Lugar: Santiago --- - Lo dispuesto en los artículos 1° y 7° letras a), c) y o) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo Primero del D.F.L. N° 7 de 1980; - Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; - Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada. --- PRIMERO.- Que corresponde al Servicio de Impuestos Internos la aplicación y fiscalización de todos los impuestos internos actualmente establecidos o que se establecieren, fiscales o de otro carácter en que tenga interés el Fisco y cuyo control no esté especialmente encomendado por ley a una autoridad diferente. SEGUNDO.- Que la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales tiene por objeto el reconocimiento formal de las competencias laborales de las personas, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico; así como favorecer las oportunidades de aprendizaje continuo de las personas, su reconocimiento y valorización. TERCERO.- Que, en virtud de lo anterior y en cumplimiento del principio de colaboración entre organismos públicos consagrado en el artículo 5° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del principio de competencia consagrado en el artículo 20° de la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada y de los artículos del 4° al 19° de la misma Ley, que imponen limitaciones generales para el procesamiento de la información, la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y el Servicio de Impuestos Internos han acordado suscribir el presente Convenio de Colaboración destinado al intercambio de información entre ambos, para ser utilizada dentro del marco de sus competencias, a fin de contribuir al logro de una gestión más eficiente de las funciones que sus respectivas misiones les han encargado. --- Apruébese el Convenio de Colaboración entre el Servicio de Impuestos Internos y la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, celebrado el 22 de abril de 2016, cuyo texto es el siguiente: --- Entre: Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y Servicio de Impuestos Internos Fecha: _________ de 2016 Lugar: Santiago --- COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES (en adelante "CHILEVALORA") - RUT: 61.979.610-1 - Representada por: Ximena Concha Bañados, Secretaria Ejecutiva - Cédula de identidad: 9.857.800-5 - Domicilio: calle Miraflores N° 130, piso 14, Santiago SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS (en adelante "el SERVICIO") - RUT: 60.803.000-K - Representado por: Fernando Barraza Luengo, Director - Cédula de identidad: 9.403.994-0 - Domicilio: calle Teatinos N° 120, Santiago --- De acuerdo a los artículos 1° y 3° de la Ley N° 20.267 que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo, CHILEVALORA es un servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relaciona con la Presidencia de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Su objeto es el reconocimiento formal de las competencias laborales de las personas, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico; así como favorecer las oportunidades de aprendizaje continuo de las personas, su reconocimiento y valorización. Conforme al artículo 4° letra m) de la Ley N° 20.267, CHILEVALORA tiene la facultad de celebrar los actos o contratos con organismos públicos, personas jurídicas de derecho público o privado, nacionales, internacionales o extranjeras, conducentes al cumplimiento de los fi

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