Resolución Exenta N° 46 de 2024

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 46 de 2024, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
12-04-2024
Materia
Reorganiza Subdirección Jurídica del SII y establece competencias de sus unidades
Normas citadas
Código Tributario (DL 830), art. 1
Criterio
Reorganizar las unidades de la Subdirección Jurídica del SII, estableciendo nuevos departamentos y oficinas para mejorar la coordinación y el combate a la elusión y evasión tributaria. Dejar sin efecto la Resolución Exenta N° 35 de 2016 y fijar las competencias y funciones de cada unidad dependiente.
Emisor: Servicio de Impuestos Internos Fecha: 12 de abril de 2024 Lugar: Santiago Materia: Reorganiza las unidades que conforman el Departamento Subdirección Jurídica y establece ámbitos de competencia de las unidades que lo conforman. Deja sin efecto Resolución Exenta N° 35, de 2016. --- Artículo primero del D.F.L. N° 7 del Ministerio de Hacienda, de 1980, que fija el texto de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos; Código Tributario, contenido en el Artículo 1° del D.L. N° 830 de 1974; Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; Resoluciones N° 379 de 1991; N° 652 de 1997; N° 7590 de 1999; Resolución Exenta N° 35 de 2016, todas del Director del Servicio de Impuestos Internos; Resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República. --- PRIMERO. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Orgánica del Servicio, la Dirección Nacional estará constituida por los Departamentos, Subdirecciones y Departamentos que establezca el/la Director/a con sujeción a la planta del personal del Servicio. SEGUNDO. Que, de acuerdo a lo dispuesto en las letras a), c) y ñ) del artículo 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, al Director/a le corresponde: - Organizar, dirigir, planificar y coordinar el funcionamiento del Servicio - Dictar las órdenes que estime necesarias o convenientes para la más expedita marcha del mismo - Fijar y modificar la organización interna de sus unidades, cambiando sus dependencias, atribuciones y obligaciones TERCERO. Que, mediante Resolución N° 379, de 1991, y sus modificaciones posteriores, se establecieron las dependencias jerárquicas y las atribuciones de los departamentos y oficinas que conforman el Departamento Subdirección Jurídica. CUARTO. Que, en la Resolución Exenta N° 7.590, de 1999, se establecieron las funciones y atribuciones de los Departamentos que conforman las Subdirecciones de Administración, Avaluaciones, Contraloría Interna, Estudios, Fiscalización, Informática, Normativa, Jurídica y Recursos Humanos, modificado al efecto por la Resolución Exenta N° 4, de 11 de enero de 2010, que fijó las funciones del Departamento Subdirección Jurídica. QUINTO. Que, mediante Resolución Exenta N° 35, de 2016, se establecieron las actuales dependencias jerárquicas y las atribuciones de los departamentos y oficinas que conforman el Departamento Subdirección Jurídica. SEXTO. Que, en atención a los requerimientos y desafíos que debe enfrentar el Departamento Subdirección Jurídica, la necesidad de asumir de mejor forma el combate a la elusión y evasión, y para la adecuada coordinación, cumplimiento de las tareas operativas, coordinación con las Direcciones Regionales y Dirección de Grandes Contribuyentes y de supervisión que a éste corresponden, se hace imprescindible reorganizar sus unidades dependientes, fijando sus funciones. --- PRIMERO. Reemplázase el numeral 6 de la letra A de la Resolución N° 379, de 1991, por el siguiente: - Departamento de Asesoría Jurídica - Departamento de Defensa Judicial Penal - Departamento de Defensa Judicial Civil - Departamento de Delitos Tributarios - Oficina de Gestión y Apoyo en Jurisprudencia SEGUNDO. Sustitúyese el número 7 del dispositivo I de la Resolución Exenta N° 7.590, de 15 de noviembre de 1999, por lo siguiente: Atribuciones del Subdirector Jurídico a) Coordinación de criterios jurídicos Coordinar, orientar y uniformar los criterios jurídicos en base a los cuales deben desarrollar sus funciones los abogados del Servicio. b) Patrocinio y representación judicial Asumir el patrocinio y representación del Servicio en todos los asuntos judiciales y extrajudiciales, ante los tribunales ordinarios y especiales, que formen parte o estén fuera del poder judicial, en que la ley le asigne la calidad de parte. Lo anterior con excepción de materias en que la normativa vigente contemple la representación para otras autoridades de este Servicio. c) Defensa de funcionarios Asumir la d

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