Resolución Exenta N° 49 de 2019

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 49 de 2019, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
18-04-2019
Materia
Autorización a DIMERC S.A. para portar guías de despacho y facturas electrónicas mediante representación gráfica
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 2; Ley del IVA (DL 825), art. 54; Ley del IVA (DL 825), art. 55; Ley del IVA (DL 825), art. 9; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Se autoriza a DIMERC S.A. a portar la representación gráfica de Guías de Despacho Electrónicas y Facturas Electrónicas mediante envío electrónico, reemplazando la obligación de portar dos ejemplares impresos, siempre que el documento haya sido previamente enviado y recibido sin rechazo por el SII. La autorización rige por 6 meses como plan piloto, sujeta a cumplimiento de requisitos operacionales y reportes trimestrales.
Emisor: Subdirección de Asistencia al Contribuyente, Departamento de Operaciones Oficio: 58-SDAC-2019 Fecha: 18 de abril de 2019 Materia: Autorización para portar Guía de Despacho Electrónica y Factura Electrónica en traslado de bienes corporales muebles --- - Lo dispuesto en el artículo 6° letra A) N° 1 del Código Tributario, contenido en el artículo 1° del D.L. N° 830, de 1974. - Los artículos 1°, 4° bis y 7° letra b) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el artículo 1° del D.F.L. N° 7, del Ministerio de Hacienda, de 1980. - Los artículos 2° N°s. 1 y 2, 9° letra a), 54, 55 y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el D.L. N° 825, de 1974. - El D.S. N° 55, de 1977 del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley del Impuesto a las Ventas y Servicios. - Las instrucciones impartidas por este Servicio en: - Resolución Ex. SII N° 18, del 2003, modificada por las Resoluciones Ex. SII N°s. 84, de 2005; 157, de 2007; y 22, de 2016. - Resolución Ex. SII N° 45, de 2003, modificada por las Resoluciones Ex. SII N°s. 49, de 2011; 80 y 100, de 2014. - Circular N° 103, de 1979. - Circular N° 62, de 1980. --- 1° Que el numeral 7° del resolutivo cuarto de la Resolución Ex. SII N° 45, de 2003, y el numeral 5° de la Resolución Ex. SII N° 18, de 2003, establecen que cuando exista transporte de bienes corporales muebles en vehículos destinados al transporte de carga respaldado con un Documento Tributario Electrónico (DTE), deberá generarse la representación impresa del DTE en dos ejemplares, los cuales deberán ser exhibidos a los funcionarios del Servicio de Impuestos Internos cuando lo requieran durante el tránsito de las mercaderías, pudiendo uno de los ejemplares ser retirado por éstos. 2° Que el artículo 54 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el D.L. N° 825, de 1974, establece los tipos de Documentos Tributarios Electrónicos que deberán emitirse en formato electrónico. 3° Que en atención a que los contribuyentes que sean autorizados como Facturadores Electrónicos estarán obligados a emitir los documentos tributarios en formato electrónico de acuerdo a lo indicado en el numeral anterior, y que el sistema de Facturación Electrónica permite introducir procedimientos, prácticas y medios alternativos de emisión de representaciones gráficas e impresas de Documentos Tributarios Electrónicos, que redundan en una mayor flexibilidad, eficiencia, aumento de productividad y ahorro para los contribuyentes. 4° Que la Resolución Exenta SII N° 98, de 2014, que crea el Departamento Subdirección de Asistencia al Contribuyente, establece dentro de sus obligaciones y atribuciones el proponer el diseño, mejoras y reemplazos de los sistemas, operaciones y aplicaciones relacionados con los modelos de control preventivo del cumplimiento tributario, atención y asistencia, a través de los cuales interactúan funcionarios del Servicio y contribuyentes, además de facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes y efectuar un correcto control preventivo del mismo. 5° Que este Servicio ha revisado el modelo de operación propuesto por la empresa DIMERC S.A., RUT N° 96.670.840-9, y estima oportuno evaluar como plan piloto su efectividad. De tal modo que se dispone por medio de la presente Resolución que todas aquellas Guías de Despacho Electrónicas y Facturas Electrónicas emitidas en su casa matriz o en cualquiera de sus sucursales y que respalden el traslado de bienes corporales muebles por caminos públicos, podrán ser entregadas mediante el envío de la representación gráfica de las mismas, reemplazando así la obligación de la entrega de la representación impresa del documento, previo consentimiento del cliente cuando corresponda. 6° Que en este sentido, DIMERC S.A., RUT N° 96.670.840-9, tendrá que cumplir con las condiciones que se señalan en los siguientes resolutivos, de forma copulativa. --- 1° AUTORIZACIÓN PRINCIPAL Autorízase a DIMERC S.A., RUT N° 96

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