Resolución Exenta N° 49 de 2022

Vigente

En breve

Documento
Resolución Exenta N° 49 de 2022, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
31-05-2022
Materia
Fija nómina de contribuyentes IVA sin domicilio afectos a cambio de sujeto con retención de IVA
Normas citadas
Ley del IVA (DL 825), art. 3; Ley del IVA (DL 825), art. 35; Ley del IVA (DL 825), art. 8; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Fija la nómina de contribuyentes IVA sin domicilio ni residencia en Chile afectos a cambio total de sujeto de derecho para el cumplimiento del IVA, a partir del 1° de agosto de 2022. Los emisores de medios de pago deberán recargar el IVA a los tarjetahabientes que no sean contribuyentes del impuesto.
Emisor: Subdirección de Fiscalización, Departamento de Diseño de Procedimientos, Servicio de Impuestos Internos Referencia: GE00213094 Fecha: 31 de mayo de 2022 Materia: Fija nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" a que se refiere la Resolución Exenta SII N° 46 de 2022, respecto de cuyos servicios se retendrá el Impuesto al Valor Agregado conforme al inciso 7° del artículo 3° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. --- Se considera la facultad legal otorgada por: - Artículos 1°, 4° bis y 7° letra b) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos (Decreto con Fuerza de Ley N° 7 de 1980, del Ministerio de Hacienda); - Artículo 6°, letra A), N° 1 del Código Tributario (Decreto Ley N° 830 de 1974); - Artículos 3° inciso séptimo, 8° letra n) y 35 A y siguientes de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (Decreto Ley N° 825 de 1974); - Resolución Exenta SII N° 46 de 2022. --- 1° Que el artículo 3° inciso séptimo de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios (en adelante LIVS) establece que el Servicio de Impuestos Internos podrá disponer, mediante resolución fundada, que los emisores de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de pago con provisión de fondos u otros sistemas de pago análogos, retengan el total o una parte de los impuestos contemplados en dicha ley, respecto de todo o parte de las operaciones realizadas por prestadores domiciliados o residentes en el extranjero que no se hayan sujetado al régimen de tributación simplificada y que se solucionen por su intermedio. 2° Que este Servicio tiene por misión procurar que cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del cumplimiento. 3° Que la Resolución Exenta SII N° 46 de 2022 dispuso el cambio total de sujeto de derecho de IVA y la calidad de agente retenedor del Impuesto al Valor Agregado (en adelante IVA), el cual recae en los emisores de medios de pago que indica dicha Resolución, respecto de contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que no se han inscrito en el régimen de tributación simplificada establecido en el artículo 35 A de la LIVS. 4° Que el resolutivo 4° de la Resolución Exenta SII N° 46 de 2022 ha dispuesto que el cambio de sujeto y la correspondiente retención del IVA deberá aplicarse respecto de los contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, que presten los servicios a que se refiere la letra n) del artículo 8° de la LIVS, e incorporados en la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto". 5° Que el resolutivo 6° de la Resolución Exenta SII N° 46 de 2022 establece que la nómina de "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" será fijada mediante resolución y publicada en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos el día 15 de diciembre de cada año. Si esta fecha corresponde a sábado, domingo o festivo, la publicación se efectuará el primer día hábil siguiente a dicha fecha. La nómina regirá a contar del 1° de enero del año calendario siguiente, sin perjuicio de las exclusiones o incorporaciones que se efectúen. Tanto las exclusiones como las incorporaciones constituyen un ajuste a la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" y serán publicadas en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos para conocimiento de los agentes retenedores, en las fechas indicadas en la tabla contenida en dicho resolutivo. 6° Que según lo dispuesto en el resolutivo 11° de la Resolución Exenta SII N° 46 de 2022, la primera nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto", en forma excepcional y por única vez, será publicada el día 1° de junio de 2022 y regirá hasta el día 31 de diciembre del mismo año, sin perjuicio de las exclusiones o inclusiones que correspondan. --- 1° Fíjase la nómina "Contribuyentes IVA SD Afectos a Cambio de Sujeto" respecto del cambio de sujeto total para el cump

Artículos citados

Descargar PDF

Saltar al contenido principal

Jurisprudencia tributaria chilena · Actualizada a diario

Jurisprudencia tributaria chilena, en un solo lugar.

Encuentra fallos de tribunales, criterios del SII y leyes tributarias desde un mismo sitio. Busca por texto y filtra cada fuente para llegar antes al documento que necesitas.

Empezar a buscar
Recibe las sentencias del TTA cada día · newsletter cada mañana con los nuevos fallos tributarios

Jurisprudencia TTA — Tribunales Tributarios y Aduaneros

Busca, analiza y chatea con todos los fallos de los Tribunales Tributarios y Aduaneros de Chile.

Por observación SII
Búsqueda con IA