Resolución Exenta N° 51 de 2017

Vigente

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Documento
Resolución Exenta N° 51 de 2017, Servicio de Impuestos Internos (SII)
Fecha
19-05-2017
Materia
Autorización a instituciones sin fines de lucro como receptoras de alimentos cuya comercialización sea inviable
Normas citadas
Ley de la Renta (DL 824), art. 31; Ley del IVA (DL 825), art. 79; Ley del IVA (DL 825), art. 8; Código Tributario (DL 830), art. 6
Criterio
Autorizar a instituciones sin fines de lucro como receptoras de alimentos cuya comercialización sea inviable, siempre que cumplan íntegramente los requisitos establecidos en la Resolución Ex. SII Nº 59 de 2014, incluyendo poseer Inicio de Actividades vigente y buen comportamiento tributario. Las instituciones autorizadas distribuirán gratuitamente dichos alimentos a personas de escasos recursos.
Subdirección de Fiscalización — Departamento de Análisis Masivo del Cumplimiento Tributario Tribunal: Servicio de Impuestos Internos Fecha: Santiago, 19 de mayo de 2017 Expedientes: 144-AMCT-2017 (RUT 77.316.171-8); 145-AMCT-2017 (RUT 77.317.242-6); 133-AMCT-2017 (RUT 77.317.224-1); 134-AMCT-2017 (RUT 77.317.219-3); 184-AMCT-2017 (RUT 77.317.269-4); 191-AMCT-2017 (RUT 77.317.242-3) Materia: Autorización a Instituciones sin Fines de Lucro como Receptoras de Alimentos cuya Comercialización sea Inviable --- - Artículos 1° y 7° de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el D.F.L. Nº 7, de 1980 del Ministerio de Hacienda - Artículo 6°, letra A), Nº 1, del D.L. Nº 830, de 1974 (Código Tributario) - Artículo 31° Nº 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del D.L. 824, de 1974 - Artículos 8°, letra d) y 79° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, D.L. Nº 825, de 1974 - Ley Nº 19.638, publicada en el Diario Oficial con fecha 14.10.1999 - Ley Nº 20.500, publicada en el Diario Oficial con fecha 16.02.2011 - Resolución Ex. SII Nº 45, de 01.09.2003 - Circulares Nº 3, de 1992 y Nº 54, de 2009 - Resolución Ex. SII Nº 59, de 20.06.2014 --- Primero. Que, mediante la Circular Nº 54, de 02 de octubre de 2009, publicada en el Diario Oficial el 9 de octubre de 2009, se impartieron instrucciones sobre castigo de alimentos cuya comercialización se ha vuelto inviable. Segundo. Que, de conformidad a lo establecido en el resolutivo 6° de la Resolución Ex. SII Nº 59, del 20 de junio de 2014, publicada en el Diario Oficial de 27 de junio de 2014, el Director ha delegado en el Subdirector de Fiscalización la facultad establecida en el artículo 31° Nº 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en concordancia con el artículo 8° letra d) y 79° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Tercero. Que, de conformidad a lo establecido en la Resolución citada en el considerando precedente, el ejercicio de dicha facultad delegada permite autorizar a Instituciones sin Fines de Lucro como Receptoras de Alimentos, cuya Comercialización sea Inviable, siempre que cumplan en forma íntegra los requisitos señalados en los Resolutivos Nº 1 y 2 de dicho acto administrativo. Cuarto. Que la Resolución Ex. SII Nº 59, de 2014 —que reemplazó a la Resolución Ex. SII Nº 129 de 06 de agosto de 2010— agregó como nuevos requisitos poseer Inicio de Actividades vigente y un buen comportamiento tributario. Quinto. Que las Instituciones han solicitado el otorgamiento de la autorización para ser receptoras de alimentos cuya comercialización sea inviable para entregarlos a título gratuito a personas de escasos recursos. Sexto. Que, teniendo presente el contenido del informe evacuado por: - Director Regional de la XV Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente - Jefa del Departamento de Asistencia de la VIII Dirección Regional Concepción - Jefa del Departamento de Asistencia de la XVI Dirección Regional Metropolitana Santiago Sur - Directora Regional de la XII Dirección Metropolitana Santiago Centro --- Autorizase como Instituciones Receptoras de Alimentos cuya Comercialización sea Inviable, a las siguientes entidades: | Razón Social | RUT | |---|---| | Fundación Enseña Chile | 65.994.870-2 | | Corporación Regional de Oncología Bío Bío | 71.727.300-1 | | Corporación de Ayuda y Fomento de Terapias de Rehabilitación e Integración | 65.109.172-1 | | Junta de Vecinos 15-1 | 65.023.512-6 | | Fundación por la Restauración de la Familia Rapha | 65.113.573-7 | | Corporación Alimentos Bío Bío Solidario | 65.115.308-5 | En la oficina virtual del SII en Internet podrá consultar la nómina completa de Instituciones sin Fines de Lucro Distribuidoras y Receptoras de Alimentos, cuya Comercialización sea Inviable, autorizadas para recibir alimentos para su entrega en forma gratuita a personas de escasos recursos. Las instituciones autorizadas de acuerdo al resolutivo anterior deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII Nº

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